Presidencia de la Nación

Para entidades de bien público


Para solicitar la Tarifa Diferencial para Entidades de Bien Público deberás:

1.- Inscribirte en el Centro Nacional de Organizaciones de la Comunidad.

2.- Completar el formulario correspondiente.

3.- Una vez aprobado, recibirás un aviso de confirmación del beneficio y la fecha de vencimiento del mismo.

¿En qué consiste el beneficio?

A la entidades beneficiadas se les aplica un Régimen Tarifario Específico por el cual se les fija tarifas máximas equivalentes a las correspondientes a la categoría “residencial”.

Para saber más

Ley N° 27.218 Resolución MINEM N° 218 - E/2016

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