Presidencia de la Nación

De aplicación para el sistema de medición autoadministrada


El Reglamento de Aplicación para el Sistema de Medición Autoadministrada rige para los medidores prepagos instalados en el área de concesión de EDENOR, y concebidos para los siguientes usuarios residenciales:

  • Aquéllos cuya situación socioeconómica les impide afrontar sus consumos de energía y los pone al borde de la baja del servicio por incumplimiento de pago o por morosidad reiterada.
  • Aquéllos que, aún sin experimentar situaciones de morosidad o incumplimiento, desean adherir a este sistema.
  • Aquéllos provenientes de planes de vivienda o de asentamientos a regularizar.
Importante

1.- La distribuidora puede instalar medidores prepagos únicamente a pedido de los usuarios que presentaron una nota de adhesión, tal como indica el reglamento. El mismo documento excluye de manera categórica a los domicilios habitados por usuarios electrodependientes por cuestiones de salud.

2.- La adhesión al sistema de medición autoadministrada no implica el acceso automático al Sistema de Tarifa Social. Sólo al usuario beneficiario se le acredita mensualmente los kWh bonificados que corresponden a esa categoría.

Reglamento Nota de adhesión

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