Delegados de la Justicia Nacional Electoral
Las y los delegados de la Justicia Nacional Electoral son aquellos funcionarios designados por el/la Juez/a federal con competencia electoral, para actuar como nexo entre la Justicia Nacional Electoral y la ciudadanía, las autoridades de mesa, las y los fiscales partidarios, las y los acompañantes cívico-electorales, el personal del correo y del Comando General Electoral.
El día previo a las elecciones, las y los delegados de la Justicia Nacional Electoral deberán:
- Recibir al personal del Comando General Electoral y del Correo.
- Identificar y organizar los cuartos oscuros.
- Verificar que los espacios se encuentren bien iluminados.
- Acomodar en los cuartos oscuros los escritorios o pupitres para que al día siguiente las autoridades de mesa ordenen las boletas.
- Identificar el aula que esté más cerca del ingreso al establecimiento con el cartel del Cuarto Oscuro Accesible (COA).
- Colaborar con el personal del Comando en el resguardo de las boletas de contingencia.
Durante la jornada electoral tendrán entre sus funciones:
- Brindar asistencia a las autoridades de mesa en la instalación de las mesas de votación.
- Si se produce la ausencia de las autoridades designadas, deberá informar a la Justicia Electoral e iniciar el protocolo para reemplazarlas.
- Informar y asistir a las autoridades de mesa a cargo del Cuarto Oscuro Accesible (COA) para acondicionarlo e identificarlo correctamente tanto en el interior del establecimiento como fuera del mismo.
- Evacuar las consultas de los actores del proceso electoral, de acuerdo con la normativa de cada distrito, siempre y cuando correspondan a sus funciones.
- Asistir y orientar a los/as electores/as en el local de votación, teniendo en cuenta sus requerimientos en el caso de que se trate de personas con discapacidad, con limitaciones, personas mayores, entre otras.
- Informar a la Justicia sobre los incidentes o situaciones que puedan darse dentro del establecimiento, solicitando asistencia al Comando de ser necesario.
- Permitir el ingreso de los/as acompañantes cívico-electorales al establecimiento de votación, verificando que su función se ajuste a lo indicado por la normativa electoral.
- Informar constantemente a la Justicia Nacional Electoral los informes que soliciten respecto al desarrollo de la jornada, y también informar a las autoridades de mesa las comunicaciones o disposiciones que remita la Justicia.
- Coordinar con el Comando General Electoral el orden de los/as electores/as que a las 18 horas se encuentren esperando para emitir su voto dentro del establecimiento.
- En el caso de que se solicite, informar a la Justicia Electoral datos del recuento de voto y elaborar un informe posterior al acto electoral.
- Deben cumplir con sus tareas, respetando sus funciones y sin intervenir u obstaculizar las tareas propias de las autoridades de mesa.
- Durante la jornada electoral las y los delegados se comunicarán con la Justicia Nacional Electoral para consultar novedades, informar sobre la jornada o realizar reclamos y denuncias. Podrán hacerlo a través de la web, comunicándose por medio del call center 0800-999-7237 o por correo electrónico a: [email protected]
A partir del cierre del establecimiento de votación, deberán:
- Garantizar que los electores que están esperando su turno puedan votar.
- Resolver las inquietudes de las autoridades de mesa.
- Informar a la Justicia Nacional Electoral el cierre de las mesas.