Presidencia de la Nación

Autoridades de mesa


La persona que la Justicia Nacional Electoral designa como presidente o presidenta de mesa es la máxima autoridad de esta el día de la elección. Junto a ella será nombrada una persona suplente, quien la auxiliará durante la jornada y la reemplazará de ser necesario (por un breve lapso), dejando constancia de ello en el acta complementaria.

La autoridad de mesa tiene el deber de estar presente durante todo el acto electoral, siendo ineludible su presencia en la apertura de la jornada, en la clausura de la votación, así como en el escrutinio y entrega de materiales y documentación al personal del Correo oficial.

Su función es velar por el correcto y normal desarrollo del acto comicial en la mesa en la que se le encomendó desempeñarse. Es un acto de tanta responsabilidad que responde por sus actos ante el Juez Federal con competencia electoral que la designó.

Asimismo, el personal del Comando General Electoral estará a su disposición respecto del funcionamiento y orden en la mesa a su cargo.

Designación y notificación:

¿Quién puede ser designado o designada para cumplir esta función?

Cualquier persona puede ser autoridad de mesa. Sólo tiene que ser elector/a hábil, tener entre 18 y 70 años, residir formalmente en la sección electoral donde se debe desempeñar, saber leer, escribir y no encontrarse afiliado o afiliada a a ningún partido político.

¿Quién realiza la designación y cómo se notifica?

La designación la realiza la Justicia Electoral del distrito correspondiente a través de un sorteo, considerando el nivel de instrucción, edad o por haberse inscripto en el Registro Público de Postulantes a Autoridades de Mesa.
La notificación es realizada por telegrama en el domicilio registrado en el Documento Nacional de Identidad.

Capacitación electoral:

Para desempeñar la función es importante la previa capacitación sobre las tareas a desarrollar durante la elección. Estas se dividen en tres (3) grupos de acciones: antes que comience la elección, durante la misma y luego del cierre del comicio.

El Estado capacita a quienes se harán cargo de la responsabilidad de ser las autoridades en las mesas receptoras de votos. La Cámara Nacional Electoral y la Dirección Nacional Electoral dependiente del Ministerio del Interior, máximas autoridades responsables de la organización de las elecciones, elaboran materiales de capacitación para todas las personas intervinientes en el proceso electoral.

Tanto las autoridades de mesa designadas como sus auxiliares podrán realizar la capacitación oficial de forma remota ingresando en la web de capacitación.
Se sugiere a toda aquella persona designada como autoridad de mesa que realice el curso y lo complete.

Asimismo, se encuentran disponibles una serie de materiales de capacitación en formato digital que brindan las herramientas necesarias para llevar adelante la tarea. Descargalos de forma libre aquí.

De acuerdo a la Resolución 88/2023 del Ministerio del Interior y 753/23 de la Secretaría General de la Presidencia, quienes desempeñen la función de autoridad de mesa en las Elecciones PASO, General y eventual Segunda Vuelta y realicen las actividades de capacitación, recibirán en concepto de viático por las tres instancias electorales un monto total de $48.000.

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