Presidencia de la Nación

Principales aspectos metodológicos y conceptuales


La presente Cuenta de Inversión ha sido elaborada por la Contaduría General de la Nación de acuerdo con los requerimientos de la Ley Nº 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, normas modificatorias, complementarias y los contenidos en la Ley
N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, prorrogada en los términos del art. 27 de la Ley Nº 24.156. Dicho acto se materializó mediante el dictado del Decreto Nº 4 del 2 de Enero de 2020. La Ley prorrogada fue distribuida por la Decisión Administrativa Nº 1 del 13 de Enero del 2020.

El lunes 11 de marzo de 2020 la Organización Mundial de la Salud (OMS) llega “a la conclusión de que la COVID-19 puede considerarse una pandemia”, luego de que el número de casos y de países afectados se expandiera en dos semanas. En virtud de ello, en respuesta inmediata se decreta el 12 de marzo de 2020 la ampliación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por Ley N° 27.541 (DNU N° 260/2020).

Antes de dictarse la medida de “aislamiento social, preventivo y obligatorio” a partir del viernes 20 de marzo de 2020 (DNU N° 297/2020), el Artículo 1° de la Decisión Administrativa N° 390 del 16 de marzo de 2020 dispone que las Jurisdicciones, Entidades y Organismos de la Administración Pública Nacional dispensarán del deber de asistencia a su lugar de trabajo al personal, siempre que no revistan en áreas esenciales, críticas o de prestación de servicios indispensables, y que realicen sus tareas habituales u otras análogas en forma remota.

Este hecho inédito de pandemia por COVID-19 que sorprendió al mundo entero, produjo la necesidad de que la Administración Pública gestionara la ejecución presupuestaria del ejercicio 2020 en forma remota y, con la inmediatez que exigía la urgencia sanitaria y económica, que implicaría un sucesión de modificaciones presupuestarias para adecuar el presupuesto prorrogado a los requerimientos que imponía el contexto.

La interconectividad e integralidad de los sistemas de información desarrollados por la Secretaría de Hacienda de la Nación desde el año 2005, permitió que los ministerios, secretarías de Estado, organismos descentralizados de la Administración Nacional, y otros Poderes, así como las empresas públicas, fondos fiduciarios, obras sociales estatales y otros entes del Sector Público Nacional, gestionen sus requerimientos adicionales de créditos presupuestarios para gastar y el financiamiento de las mismos, en forma oportuna, en un contexto de emergencia económica, sanitaria y social y bajo la contingencia administrativa de trabajo remoto.

La Oficina Nacional de Presupuesto, la Contaduría General de la Nación y la Tesorería General de la Nación, Órganos Rectores del Sistema de Información Financiera, junto con la Dirección General de Sistemas Informáticos de Administración Financiera, arbitraron todos los medios a su alcance en materia de recursos humanos y tecnologías de la información y de las comunicaciones, para solventar con la mayor celeridad los requerimientos de los organismos del Sector Público Nacional en relación con los temas de sus distintas competencias.

Durante este ejercicio se observa presupuestariamente la modificación de la Ley de Ministerios establecida por el Decreto Nº 7/2019 y la vigencia del Decreto
Nº 50/2019 que estableció el organigrama de aplicación de la Administración Nacional centralizada hasta nivel de Subsecretaría, sus objetivos y los ámbitos jurisdiccionales en los que actuarán los organismos desconcentrados y descentralizados.

En el marco de lo dispuesto por el Artículo 4º de la Resolución Nº 10/06 SGN, los Servicios Administrativo Financieros prosiguieron con la presentación, ante la Contaduría General de la Nación, de las certificaciones contables correspondientes a sus respectivas Unidades de Auditoría Interna y vinculadas con la información de cierre del ejercicio 2020.

La Contaduría General de la Nación continuó participando activamente, junto con la Tesorería General de la Nación, la Oficina Nacional de Presupuesto y la Dirección General de Sistemas Informáticos de la Administración Financiera, en los desarrollos funcionales y tecnológicos necesarios para asegurar la evolución permanente y la disponibilidad del Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF), y un conjunto de sistemas conexos que dan soporte a la gestión presupuestaria, financiera y contable del sector público. Este Ecosistema de Administración Financiera, posibilita la generación y explotación de información presupuestaria y financiera oportuna, relevante y confiable, y contribuye al logro de la disciplina fiscal, la eficiencia en la asignación de los recursos, la eficiencia operacional y la transparencia fiscal. Actualmente presta servicio a 129 Organismos de la APN, y a más de 24.000 usuarios considerando la APN, el ente autárquico INCAA, las provincias de La Rioja y Catamarca a nivel subnacional, empresas públicas y proveedores del Estado.

En relación al Sidif Local Unificado (SLU), al 31 de Diciembre de 2020, se encuentra operativo únicamente el Módulo de Compras y sólo para las gestiones iniciadas previas al despliegue del Sistema Compr.AR, administrado por el entonces Ministerio de Modernización, ahora Secretaría de Innovación Pública dependiente de la Jefatura de Gabinete de Ministros.

Por su parte la citada Contaduría continuó con la coordinación institucional del Proyecto de la Réplica del e-SIDIF en Provincias; en tal sentido en el año 2020 la Dirección General de Sistemas Informáticos de Administración Financiera continúa brindando asistencia técnica a la Provincia de Catamarca, a la Provincia de La Rioja y al Instituto Nacional del Cine y Artes Audiovisuales.

En el transcurso del ejercicio 2020 se desplegó el Sistema Integrado de Información Financiera (e-Sidif) y sus Módulos Presupuestarios, de Gastos, Fondos Rotatorios, Recursos, Conciliación Bancaria, Pagos, en 4 Organismos (Ministerio de Obras Públicas, Ministerio de Desarrollo Territorial y Hábitat, Secretaria de Comunicación y Prensa y Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad); la Tarjeta Corporativa en 8 SAF y el eRecauda en el Ministerio de Obras Públicas. Por otro lado el sistema UEPEX se desplegó en 50 Unidades Ejecutoras de Préstamos Externos.

En relación con el Sistema de Contabilidad, a cargo de la Contaduría General de la Nación, en materia de registro contable, la mayor desagregación del Plan de Cuentas para los Servicios Administrativo Financieros conlleva una mejora en las matrices de relación con el Presupuesto para facilitar la contabilización automática de las transacciones de la Administración Nacional.

En cuanto al tema de Contabilidad multimonetaria, corresponde informar que los comprobantes de gestión que respaldan y dan lugar a los registros contables cuentan con la información relativa a la moneda de origen de la transacción y cuando ésta es distinta de la de curso legal, además del monto original, conserva el tipo de cambio de la transacción. De esta manera, es factible obtener salidas de información multimonetaria.

Por otra parte, corresponde señalar que la conciliación bancaria automatizada facilita la tarea de cotejo de información entre los extractos bancarios y los registros contables efectuados, de manera tal de garantizar el adecuado registro de las disponibilidades, así como también, los ajustes que fueron necesarios efectuar a un momento dado.

Resulta importante recordar, que el módulo de contabilidad cuenta para su explotación con las más modernas herramientas de data warehousing tales como el Business Intelligence (BI). Mediante esta herramienta se obtienen los mayores contables, el Balance de Sumas y Saldos, el Balance General y demás salidas de información tanto para el armado de los estados patrimoniales que se presentan en la Cuenta de Inversión, el Estado de Movimientos y Situación del Tesoro, así como también toda otra salida que facilite las tareas de análisis de los datos obrantes en el e-SIDIF.

Para tal fin, de la base de datos de producción, se genera un datamart, sobre el que se aplica la herramienta señalada y con los fines indicados.

Complementariamente, debe mencionarse el desarrollo y las mejoras inherentes a los aplicativos utilizados por parte de esta Contaduría General de la Nación para la confección y control de consistencia de la Cuenta de Inversión, Balance y Cuadros.

Con el objetivo de anticipar eventuales problemáticas e inconsistencias para el ejercicio fiscal en su conjunto, se dispuso la presentación de un cierre intermedio, mediante la Disposición CGN N° 03 de fecha 07 julio de 2020 para las Universidades Nacionales, las Empresas y Sociedades del Estado, los Entes Públicos y los Fondos Fiduciarios.

El requerimiento citado precedentemente, permitió lograr no sólo información oportuna respecto de su incidencia en la contabilidad del Sector Público Nacional del primer semestre, sino que también facilitó las tareas inherentes a la elaboración de la Cuenta de Inversión, toda vez que permitió la realización de análisis y ajustes para el adecuado registro contable y financiero.

Mediante la Disposición N° 4/2020 CGN se aprobó la implementación de la “Central de Regímenes de Facilidades de Pago y Deudas Incobrables” creada por el artículo 9° del anexo de la Resolución N°100/2018 SH, quedando operativa en el e-SIDIF a partir del 21/09/2020.

Es dable mencionar con referencia al Cierre de Ejercicio, que mediante las Disposiciones CGN N° 05 y 06 del 22 de diciembre de 2020, se aprobó la “Modificación del Manual de Cierre de Ejercicio Anual. Disposición N° 71/10 CGN y modificatorias” como así también la “Actualización de las Pautas para la presentación del Cierre 2020” con el objeto de facilitar la remisión de la pertinente documentación por parte de los Organismos.

Con relación al Archivo General de Documentación Financiera de la Administración Nacional, durante el Ejercicio 2020 se fueron readecuando los recursos disponibles a fin de optimizar los productos y servicios dentro del sistema de gestión de calidad conforme los requerimientos solicitados por las Normas IRAM-ISO 9001:2015, consiguiéndose importantes mejoras en los sistemas productivos, aumentándose significativamente la productividad de los operadores.

Cabe destacar, respecto a la auditoría de mantenimiento que debió ser llevada a cabo por el Organismo Certificante, en dicho Archivo General, cabe mencionar que como consecuencia del Régimen de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio y Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio (DISPO-ASPO) dicha auditoria fue pospuesta por el IRAM, para el día 31 de mayo de 2021.

Asimismo, el día 23 de septiembre de 2020, la Contaduría General de la Nación y la Tesorería General de la Nación han afrontado exitosamente la auditoría de mantenimiento llevada a cabo por el Organismo Certificante, en el proceso “Cancelación de Órdenes de Pago por transferencias bancarias Pagador Tesoro”, bajo Norma IRAM ISO9001:2015, el cual fuera certificado por primera vez en el mes de octubre de 2009.

Por otro lado, durante el ejercicio, se efectuó una readecuación de recursos y prioridades en el área de gestión incorporando nuevas tareas que optimizaron el servicio de conservación y guarda.

La Contaduría General de la Nación interactuó funcionalmente con la Agencia de Administración de Bienes del Estado (AABE) a fin de ejercer las competencias atribuidas por la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156 y su Decreto Reglamentario N° 1344/07 en su Artículo 91.

Al respecto, se mantiene el proceso de mejora continua del Módulo Registro Contable del Sistema de Gestión de Inmuebles del Estado Nacional (MRC de SIENA), el que es administrado por la AGENCIA DE ADMINISTRACIÓN DE BIENES DEL ESTADO (AABE) para generar los cuadros de cierre de los SAFs de la Administración Central. Como también, para una posterior integración de dicho módulo al Sistema Integrado de Información Financiera Internet (e-SIDIF).

Asimismo, se continúa a disposición de la AABE en colaboración con el Inventario Nacional de Bienes Muebles y Semovientes del Estado (IBYS) creado por el Artículo 2° del Decreto N° 895/18.

Resulta importante destacar la realización, en modalidad virtual, de la “VII Jornada de Contadurías Jurisdiccionales”, llevada a cabo el día 4 de diciembre de 2020.

Participaron de ella, funcionarios pertenecientes a los Servicios Administrativo Financieros que desempeñan sus funciones en áreas contables dependientes de los mismos.

En el transcurso de la Jornada, se trataron temas como “Procesos de Certificación de Calidad”, “Cierre de Cuenta 2020” y “Nuevas Normativas – Funcionalidad en el e-SIDIF incorporación del Código de Proyectos de Inversión (BAPIN) y Préstamos Externo (PEX) en las imputaciones tanto en la Formulación Presupuestaria como en su ejecución.

La Contaduría General de la Nación ha colaborado con Organismos Internacionales, Banco Interamericano de Desarrollo (BID), Fondo Monetario Internacional (FMI) y Banco Mundial (BM), en el análisis de impacto en la incorporación de Estándares Internacionales de Contabilidad para el Sector Público (IPSASB).

Respecto de lo antes señalado, durante el ejercicio 2020, en forma virtual, se continuó participando de las reuniones del Foro de Contadurías Generales de América Latina (FOCAL), con la presencia de los titulares de dichas Organizaciones más representantes del Banco Mundial, Banco Interamericano de Desarrollo, Fondo Monetario Internacional, Federación Internacional de Contadores, y expertos invitados.

Dentro de ese marco normativo la Contaduría General de la Nación continuó con la difusión del Marco Conceptual Contable aprobado por Disposición Nº 24/19 entre los organismos de la Administración Nacional /y, en conjunto con la Asociación de Contadores Generales de la República Argentina, respecto de las Contadurías Generales de las Provincias Argentinas, a fin de cumplir con lo preceptuado por el artículo 94 de la ley Nº 24.156, de coordinar un sistema de contabilidad que consolide al Sector Público Argentino.

La citada Contaduría continuó realizando las diferentes tareas vinculadas a la operatoria de Firma Digital, utilizada en el e-SIDIF, en su carácter de Autoridad de Registro Adicional del Ministerio de Economía en el marco de la normativa emitida por Dirección Nacional de Sistemas de Administración y Firma Digital.

Finalmente, debe señalarse que, a pesar de las limitaciones que surgen del marco de aplicación de la emergencia pública en materia sanitaria establecida por la Ley N° 27.541 y normas complementarias, según los cuales se dispuso el Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio en virtud de la pandemia declarada por la Organización Mundial de la Salud en relación con el COVID-19, la Contaduría General de la Nación ha podido llevar a cabo su labor como Órgano Rector de la Contabilidad Gubernamental.

En función a ello, la citada Contaduría, a fin de permitir el normal desarrollo de las tareas de los Servicios Administrativo Financieros- ha emitido normativa vinculada a Medidas de Contingencia a causa del COVID 19 durante el ejercicio Fiscal 2020.

A tal fin, y sin perjuicio de la comunicación telefónica, por correo electrónico y otros medios a disposición de los Organismos, se procedió a emitir

  • Circular N° 4 CGN "Presentación de Órdenes de Pago en papel moneda en la CGN - Contingencia", de fecha 17 de marzo de 2020.
  • Circulares N° 5 CGN "Devengamiento de Órdenes de Pago de haberes y cargas sociales" y Circular N° 6 CGN "Envío a la CGN de documentación adjunta de Órdenes de Pago" ambas de fecha 18 de marzo de 2020, respectivamente.
  • Circular N° 7 CGN "Listado de contactos telefónicos de autoridades de SAF - contingencia" de fecha 19 de marzo 2020.
  • Circular N° 8 CGN "Reemplazo de los requisitos de Certificación bancaria de la nota de autorización de acreditación de Pagos del Tesoro" de fecha 8 de abril de 2020.
  • Circular N° 9 CGN "Actualización Datos de los Responsables de los SAF" de fecha 15 de abril de 2020.
  • Circular N° 10 CGN "Ratificación o Rectificación de los remanentes del ejercicio 2019" de fecha 24 de abril de 2020.
  • Circular N° 11 CGN "Consultas sobre Firmas Digital" de fecha 28 de abril de 2020.
  • Circular CGN N° 12 "Envío de C-75, Sistema de UEPEX" de fecha 8 de mayo de 2020, y
  • Disposición N° 1 CGN "Firma Despacho de la Contaduría General de la Nación” de fecha 14 de marzo de 2020.

Con relación al Sistema de Presupuesto, cabe destacar que la Oficina Nacional de Presupuesto, en calidad de órgano rector de dicho Sistema, arbitró los medios a su alcance a los fines de concretar la formulación del Proyecto de Ley de Presupuesto Nacional 2020 que fuera elevado al Honorable Congreso de la Nación mediante Mensaje N° 23 del 14 de septiembre de 2019, en los términos legales previstos en el Artículo 26 de la Ley N° 24.156 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional, sus modificatorias y reglamentación.

No obstante, al inicio de ejercicio no se encontraba aprobado dicho Proyecto y la actual gestión del Gobierno Nacional mediante el Decreto N° 4 del 2 de enero de 2020 establece que a partir del 1° de enero de 2020 rigieran, en virtud de lo establecido por el artículo 27 de la Ley de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, las disposiciones de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019, sus normas modificatorias y complementarias.

En el mismo Decreto N° 4/2020 se instruye al Jefe de Gabinete de Ministros a adecuar el presupuesto que se prorroga a fin de dar cumplimiento a los incisos 1 y 2 del citado artículo 27 y de incorporar los cambios institucionales establecidos por los Decretos N° 7 del 10 de diciembre de 2019 y N° 50 del 19 de diciembre de 2019.

Así, mediante la Decisión Administrativa N° 1 del 10 de enero de 2020 se determinaron los Recursos y Créditos Presupuestarios correspondientes a la prórroga de la Ley N° 27.467 de Presupuesto General de la Administración Nacional para el Ejercicio 2019 que regirían para 2020, con las adecuaciones institucionales del Poder Ejecutivo Nacional establecidas por los mencionados Decretos Nros. 7 y 50 de 2019. Además, se dispuso que durante la vigencia de la prórroga del presupuesto, se mantuvieran las disposiciones establecidas por la Decisión Administrativa N° 12 del 10 de enero de 2019, con excepción del artículo 4°. De esta forma se dio inicio a la ejecución presupuestaria del ejercicio fiscal 2020.

La ejecución presupuestaria del ejercicio 2020 se llevó a cabo en un contexto laboral inédito, signado por las medidas de aislamiento y el trabajo remoto en el marco de la pandemia COVID-19, que impuso la necesidad de adaptar los procesos y rutinas de trabajo, y fortalecer los medios tecnológicos para hacer viable y efectivo el teletrabajo, asegurando la coordinación de todas las jurisdicciones y entidades de la Administración Pública Nacional con la Jefatura de Gabinete de Ministros y la Secretaría de Hacienda, en un proceso iterativo y colectivo.

En tal sentido, resultaron prioritarios y palpables los efectos positivos del esfuerzo realizado para concretar la despapelización de comprobantes y la utilización de la firma digital en la herramienta informática eSIDIF (Sistema Integrado de Información Financiera) que incluye en una única plataforma electrónica diversos módulos para formular, ejecutar y evaluar el Presupuesto de la Administración Pública Nacional.

En simultaneidad con la atención de los requerimientos presupuestarios adicionales para 2020, la Oficina Nacional de Presupuesto trabajó en la formulación de un Proyecto de Ley de Modificación Presupuestaria del Ejercicio Vigente 2020 que también se tramitó en forma remota, en este caso mediante el módulo eSIDIF-FOP (formulación presupuestaria), el mismo que se utiliza anualmente para la formulación del Presupuesto Nacional que el Poder Ejecutivo Nacional remite al Honorable Congreso de la Nación antes del 15 de septiembre de cada año.

Resultado de esta tramitación, el 24 de julio de 2020 mediante el Mensaje al Congreso Nacional N° 61 se remitió el Proyecto del Poder Ejecutivo Nacional que se sancionó como Ley N° 27.561 el 13 de agosto de 2020, se promulgó con observaciones en los artículos 18 y 19 por Decreto N° 696/2020 y se distribuyó por Decisión Administrativa N° 1.553 del 25 de agosto de 2020.

Con relación a la ejecución física del Presupuesto Nacional 2020, se avanzó en la implementación de indicadores de la gestión pública, a los fines de captar los resultados de las políticas gubernamentales. Estos indicadores se adicionan a las metas físicas de diversos programas que conforman la Administración Pública Nacional (APN) y responden a políticas de obra pública, arte y cultura, salud, ciencia y tecnología, penitenciaría, agricultura, entre otras. Los aludidos indicadores de resultados son expuestos en los informes inherentes al Tomo II de la presente Cuenta de Inversión de Resultados de la Gestión Presupuestaria de las Jurisdicciones y Entidades de la APN para 2020. Asimismo, se reflejarán en el respectivo Cuadro de Ejecución Físico-Financiera de los programas que conforman el Presupuesto Nacional.

Por otra parte, el “Manual para la Formulación de los Presupuestos de Empresas Públicas”, aprobado mediante la Disposición de la Oficina Nacional de Presupuesto Nº 158/2011, se mantuvo vigente para la Formulación del Presupuesto 2020 de estos organismos y, con adecuaciones mínimas, para la formulación de los presupuestos de fondos fiduciarios y otros entes del Sector Público Nacional.

Cabe destacar que a partir de la ejecución presupuestaria del año 2018, las empresas públicas, fondos fiduciarios, obras sociales estatales y otros entes del Sector Presupuesto Nacional informan mensualmente y al cierre del ejercicio, la ejecución de recursos y gastos mediante el SIFEP (Sistema de Información Financiera para Empresas Públicas, Fondos Fiduciarios y otros Entes del Sector Público Nacional). Se trata de un aplicativo web que permite la carga de información de ejecución económico-financiera en forma remota, por parte de Empresas y Sociedades del Estado, fondos fiduciarios, obras sociales estatales y otros entes del Sector Público Nacional. Esto hizo posible sistematizar y simplificar la carga de la información en forma descentralizada por parte de las mencionadas entidades, y poseer un repositorio común para el análisis y uso de los datos.

Cabe resaltar que la ejecución presupuestaria de recursos y gastos del Presupuesto Nacional 2017 se realizó en base a las clasificaciones presupuestarias para el Sector Público Nacional aprobadas por la Resolución de la Secretaría de Hacienda N° 179 del 22 de septiembre de 2016, publicadas en la 6º edición Actualizada del “Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional” y difundidas por Internet.

Una modificación importante del clasificador de recursos por rubros la constituyó el “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”, creado por el artículo 35 de la Ley Nº 27.541 de Solidaridad Social y Reactivación Productiva en el Marco de la Emergencia Pública. Respecto de la distribución del producido de este impuesto, el Decreto Nº 184 del 26 de febrero de 2020 determinó los coeficientes de participación de cada organismo en los porcentajes de las asignaciones que fijó el artículo 42 de la citada ley.

Con posterioridad, la Resolución de la Secretaría de Hacienda Nº 17 del 3 de marzo de 2020 incorporó el concepto 11.7.5 “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”dentro del Clasificador de Recursos por rubros del “Manual de Clasificaciones Presupuestarias para el Sector Público Nacional" a fin de permitir la imputación presupuestaria de dicho impuesto.

A los fines de la implementación del mencionado Decreto N° 184/2020, la Oficina Nacional de Presupuesto creó tres (3) subconceptos dentro del concepto 11.7.5 “Impuesto para una Argentina Inclusiva y Solidaria (PAÍS)”.

Cabe señalar que, además, esta resolución modificó la denominación de la cuenta “1.1.1.2.2” del Clasificador de los Recursos por su carácter económico, que es renombrada “1.1.1.2.2 Sobre el comercio y las transacciones internacionales”, a fin de adecuarla a la clasificación recomendada en el Manual de Estadísticas de Finanzas Públicas del Fondo Monetario Internacional (2014) e incorporar las operaciones alcanzadas por este nuevo gravamen.

Se destaca asimismo que las modificaciones incorporadas por el Decreto N° 7/2019, modificatorio de la Ley de Ministerios (Ley N° 22.520, texto ordenado por Decreto N° 438/92, y sus modificatorias), como así también aquellas que se complementaron con el Decreto N° 50/2019, ambos mencionados precedentemente, tuvieron impacto en la clasificación institucional de la ejecución presupuestaria correspondiente al ejercicio fiscal 2020.

Con relación a la temática de Ocupación y Salarios, durante 2020 la Oficina Nacional de Presupuesto ha participado institucionalmente integrando la representación del Estado en su carácter de empleador, en órganos interjurisdiccionales, tales como la Comisión Técnica Asesora de Política Salarial del Sector Público y convencionales como la Comisión Permanente de Aplicación y Relaciones Laborales (CoPAR), la Comisión de Igualdad de Oportunidades y de Trato (CIOT), la Comisión de Condiciones y Medio Ambiente del Trabajo (CyMAT) y la Comisión Permanente de Interpretación y Carrera (CoPIC) de todos los Convenios Colectivos de Trabajo Sectorial homologados y sus correspondientes delegaciones Jurisdiccionales.

En materia de Política Salarial, en el marco de las negociaciones paritarias desarrolladas en el ámbito del Convenio Colectivo de Trabajo General para la APN – Decreto Nº 214/06, se instrumentaron las siguientes medidas:

  • Actualizaciones retributivas para el personal permanente y no permanente. Además, se mantuvo la convocatoria de la Comisión Paritaria en el transcurso del 2020, con el objeto de sostener el diálogo para adecuar los salarios del personal, en orden a las características de las diversas actividades profesionales y respectivas actas-acuerdo suscriptas.

  • Equiparación de las retribuciones del personal de TELAM y RTA con relación a la actividad específica en virtud del retraso en los ajustes salariales omitidos en el año 2019.

  • Jerarquización para el personal de CONICET.

  • Actualización de los montos correspondientes al Reintegro Mensual por Gastos de Guardería o Jardines Maternales; Viáticos; Gastos de Comida, Gastos Fijos de Movilidad y el Adicional por Prestaciones de Servicios en la Antártida.

  • Modificación, que devino necesario como consecuencia de las medidas salariales adoptadas, del tope de la retribución bruta mensual, normal, habitual, regular y permanente de los agentes habilitados para realizar servicios extraordinarios, con excepción de los servicios requeridos por terceros extendiéndolos a $30.947 al 1/01/20 y $32.205 a partir del 1º de febrero del 2020.

  • Prórroga del Premio Estímulo a la Asistencia a partir del 1/02/20, conforme las condiciones y los requisitos establecidos por los correspondientes actores colectivos.

  • Otorgamiento de sumas fijas remunerativas y no bonificables para el personal de la todas las jurisdicciones y organismos con el objeto de contribuir a un proceso de compensación del nivel de ingresos de los agentes destinatarios.

  • Establecimiento de nuevas retribuciones mediante normativa específica para los siguientes casos:

    • Remuneración mensual correspondiente al cargo de Bedel del Instituto Superior de Enseñanza Radiofónica (ISER). Remuneraciones correspondientes a los cargos de Rector, Regente y Ayudante de Trabajos Prácticos de la Escuela Nacional de Bibliotecarios de la Biblioteca Nacional

    • Retribuciones correspondientes a los Vocales del Directorio del Fondo Nacional de las Artes, establecidas en el artículo 4° del Decreto N° 1750/05 y sus modificatorios.

    • Valor de la hora cátedra para el personal docente retribuido por hora cátedra de las distintas jurisdicciones de la Administración Central y de los organismos que figuran en el Anexo I del Decreto Nº 1.536/08.

    • Retribuciones del Secretario General y los Representantes Regionales, Provinciales y del Quehacer Teatral del Instituto Nacional del Teatro.

  • Actualización del valor del adicional remuneratorio por prestaciones de servicios en la Antártida para el personal militar, en los términos previstos en la Ley Nº 23.547, para el personal militar establecido por el artículo 1° del Decreto N° 690/11 y sus modificatorios.

  • Recomposición del Haber Mensual para el Personal Militar de las Fuerzas Armadas. Instrumentación de una nueva etapa del proceso de blanqueo salarial mediante la conversión de conceptos de pago no remunerativos al incorporarlos dentro del Haber Mensual, tanto para el personal de FF AA como para el de FF SS.

  • Actualización de las retribuciones de las Autoridades Superiores del Poder Ejecutivo Nacional y de las Autoridades de los Organismos, Empresas, Sociedades del Estado, Liquidadores y Subliquidadores de Entes Residuales, Entes Reguladores y de Control, en los mismos porcentajes que surgen de los criterios dispuestos para el resto del personal de la Administración Pública Nacional.

  • Otorgamiento de Sumas fijas extraordinarias en carácter de estímulo y reconocimiento por los esfuerzos y dedicación al personal esencial de salud, Fuerzas Armadas y de Seguridad por su actividad durante el transcurso de la Pandemia.

En otro orden, durante 2020 se realizaron distintas actividades, conforme al siguiente detalle:

  • Se mantuvo el flujo de datos mensuales de ocupación a la Oficina Nacional de Presupuesto para los fines específicos de la misma, como así también a través del Sistema de Formulación de Presupuesto de Gastos en Personal (e-PROA).

  • Se actualizó la metodología y criterios de análisis para la elaboración del capítulo de “Ocupación y Salarios del Sector Público”, correspondiente a la publicación trimestral de Boletín Fiscal de la Secretaría de Hacienda.

  • Se han continuado las actividades correspondientes al estudio y análisis del Gasto en Personal. En ese marco, se han realizado evaluaciones relativas a la evolución interanual del Inciso “1. Gastos en Personal”, desagregado por partidas principal y parcial, y de la Ocupación, para la totalidad de las Jurisdicciones y Entidades del Poder Ejecutivo Nacional y Otros Entes del Sector Público Nacional No Financiero.

  • Despliegue del Módulo Local de Información Gerencial (MLIG) del SIRHU a nuevas Jurisdicciones y Entidades, lo que ha permitido mejorar la calidad de la información del SIRHU, eliminar el soporte físico de documentación, reducir sustancialmente los tiempos de envío y de procesamiento de la información e introducir distintas mejoras a las prestaciones del mencionado Sistema. Asimismo se desarrollaron tareas de seguimiento, control y asesoramiento en los módulos de carga, órdenes de pago y gerencial, en las Jurisdicciones y Entidades que ya cuentan con el Módulo Local.

Con relación al Sistema de Tesorería, durante el ejercicio 2020, la Tesorería General de la Nación, impulsó la actualización del procedimiento para los depósitos y transferencias a favor de la cuenta 2510/46 - Recaudación TGN (Disposición Conjunta CGN y TGN N° 1 del 2 de enero de 2020 - DISFC-2020-1-APN-TGN#MHA), con el fin de incorporar un nuevo proceso de seguimiento y registro de los ingresos cuya información es provista por el comprobante de gestión e-Recauda, originado automáticamente con la información suministrada por el usuario mediante el Portal Web de recursos e-Recauda.

Otro hito importante fue la actualización de la normativa sobre Medidas de Afectación Patrimonial Judiciales (Disposición Conjunta CGN y TGN N° 2 del 23 de julio de 2020 - DISFC-2020-2-APN-TGN#MHA) cuyos objetivos fueron: incorporar el registro y administración de embargos en divisas; propender a una mayor descentralización operativa por parte de los organismos, en las etapas de registro y ejecución de las medidas, así como lograr la despapelización de la gestión en la comunicación respaldatoria de las mismas.

A su vez, con el objeto de optimizar, despapelizar y otorgar mayor seguridad a la gestión de depósitos judiciales en el marco de la situación originada por la pandemia del virus COVID-19, la Tesorería General de la Nación impulsó la actualización normativa de la gestión de pago de las órdenes de pago emitidas en concepto de obligaciones judiciales, siendo aspectos relevantes de la misma:

  1. La acordada 28/2020 de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que autoriza, a los organismos que integran el inciso a) del artículo 8 de la Ley de Administración Financiera y Sistemas de Control del Sector Público Nacional N° 24.156, a efectuar el pago de la tasa de justicia correspondiente a las causas judiciales que tramitan ante los juzgados federales y nacionales del Poder Judicial de la Nación a través de transferencia bancaria, efectuada por la Tesorería General de la Nación a las cuentas bajo titularidad de ese Alto Tribunal en el Banco de la Nación Argentina y en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires respectivamente;

  2. La innovación obtenida con el Banco de la Nación Argentina, respecto a la modalidad de pago del Recurso de Queja por denegación del Recurso Extraordinario ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación, mediante la utilización del medio de pago nota de transferencia local y la despapelización de la documentación respaldatoria a las órdenes de pago de obligaciones judiciales a través de la imposición de la marca “comprobante juicio”.

En consecuencia, se actualizó y sistematizó en un solo cuerpo normativo lo relativo a la gestión de pago de obligaciones judiciales (Disposición Conjunta CGN y TGN N° 1 del 14 de octubre de 2020 - DISFC-2020-1-APN-TGN#MEC) 1

Asimismo, se aprobó el Marco Conceptual del Circuito de Cobranzas del Tesoro Nacional (COTENA) en e-SIDIF y los comprobantes de gestión correspondientes a los procesos de recupero de Remanentes y Anticipos Financieros a Provincias (Resolución N° 137 de la Secretaría de Hacienda del 3 de noviembre de 2020 – RESOL-2020-137-APN-SH#MEC), por el que se sintetizan y definen las funcionalidades del circuito COTENA y cuyo objetivo es contar con una herramienta de gestión integrada al e-SIDIF, que contribuya a la mejora en la administración de la gestión de cobro de recursos no tributarios en favor del Tesoro Nacional.

Por otro lado, se mantuvieron en 2020 las certificaciones de los siguientes procesos de calidad bajo la Norma IRAM-ISO 9001:2015:

  • Recupero de Créditos con jurisdicciones provinciales, el Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y organismos de la Administración Pública Nacional, originados en operaciones de crédito público.
  • Conciliación bancaria automática entorno e-SIDIF de la Cuenta Única del Tesoro Nacional Nº 3855/19, para los recursos provenientes del régimen de Coparticipación Federal de Impuestos según la Ley 23.548.
  • Cancelación de Órdenes de Pago por Transferencia Bancaria Pagador Tesoro.

El proceso de asignación de techos de caja jurisdiccionales se ha visto mejorado por la implementación del Datamart de Programación Financiera Mensual, que toma los datos de los formularios mensuales cargados en e-SIDIF por los SAFs AC y OD de las jurisdicciones pertenecientes al Poder Ejecutivo. Este insumo, a través del Oracle Business Intelligence (OBI), permite una visualización más clara y estandarizada de los datos de los requerimientos mensuales de las jurisdicciones, permitiendo una toma de decisiones más ágil, en el marco de la asignación de techos de caja mensuales.

A su vez, se desarrolló el Datamart de Empresas Públicas a través de la herramienta Oracle Bussiness Intelligence (OBI) el que permite optimizar la explotación de datos que los fondos fiduciarios, empresas y otros entes ingresan al Sistema de Información de Empresas Publicas (SIFEP) respecto a sus disponibilidades e inversiones, generando reportes mensuales que se elevan a las autoridades de la Subsecretaría de Presupuesto.

Con relación al desarrollo del programa de caja del Tesoro Nacional en el aplicativo Hyperion, se concluyó en los primeros meses del año el análisis y diseño de un sistema que permitiese incorporar las proyecciones de vencimientos de Deuda Pública en el plan de cuentas de dicho aplicativo, de una manera que evitase la manipulación de datos que da lugar a errores naturales en la carga de datos de forma manual. Se trabajó con el aporte principal de la Dirección General de Sistemas Informáticos de Administración Financiera (DGSIAF) y con la colaboración especial de la Dirección Nacional de Registro de la Deuda Pública. Este trabajo conjunto derivó en la creación e implementación operativa del SICDE (Sistema de Captura de Datos Externos), con el cual se pudo concretar el objetivo propuesto exitosamente, lográndose “importar” la información de Deuda Pública desde Hyperion sin necesidad de manipular datos y respetando la integridad de origen de los mismos.

Por otra parte, con el objeto de optimizar la gestión del Régimen de Fondos Rotatorios, Fondos Rotatorios Internos y Cajas Chicas, se alcanzó la habilitación en e-SIDIF del medio de pago tarjeta de compra corporativa en 107 organismos del Poder Ejecutivo Nacional.

Con relación al mecanismo de recaudación de los recursos “No Tributarios” e-Recauda, se continua con la implementación en nuevos organismos y con mejoras continuas al sistema para seguir alentando a las entidades de la Administración Pública Nacional a suscribir nuevas adhesiones.

Con el objeto de viabilizar los trámites a distancia (TAD) que resultan arancelados para los particulares y cuya recaudación impacta en cuentas recaudadoras pertenecientes a la Cuenta Única del Tesoro, durante el ejercicio 2020 se siguió trabajando con la Secretaría de Innovación Pública para continuar implementando la interrelación entre los Sistemas e-Recauda y TAD proyectando agregar nuevas acciones a lo ya vigente. A la fecha, se continúa trabajando para realizar nuevas implementaciones en el marco del Plan Estratégico de la Tesorería General de la Nación.

En el marco del objetivo de mejora continua e integración del sistema de gestión de la Subsecretaría de Presupuesto, la Tesorería General de la Nación conjuntamente con la DGSIAF desarrolló una aplicación web para la administración y gestión de la base de datos denominada Registro de Cuentas Oficiales (SIRECO), la cual tiene una puesta productiva en forma gradual e incremental, habiéndose culminado en el mes de diciembre del 2020 la primera etapa de implementación para los usuarios internos de la Tesorería General de la Nación.

Por otra parte, la Tesorería General de la Nación participó en los siguientes seminarios nacionales e internacionales de carácter técnico relacionados con los temas de su competencia:

  • Se participó en el ciclo de diálogos regionales de política y gestión fiscal virtual organizados por el Foro de Tesorerías Gubernamentales de América Latina (FOTEGAL) en conjunto con el BID, el FMI y el BM. Se trató de dos conferencias sobre "La gestión de tesorería en tiempos de COVID-19" e "Innovación para el Control, Eficiencia y Transparencia del Gasto Público frente al COVID-19", que tuvieron lugar el 5 de mayo y el 18 de junio de 2020 respectivamente. A su vez, se colaboró activamente con Brasil, país en ejercicio de la presidencia del foro, en la organización de la “X Reunión Ejecutiva del Foro” que se desarrolló el 8 de octubre de 2020 bajo la modalidad de videoconferencia. La reunión contó con la participación de las tesorerías de los países miembros y la asistencia de la Secretaría Ejecutiva del Foro y los miembros del Comité Técnico, entre los que se encuentra la Tesorería General de la Nación Argentina.

  • Se organizó la XIX Jornada de Tesorerías Jurisdiccionales para organismos de la Administración Nacional, desarrollada el16 de octubre de 2020 en modalidad virtual, con el objeto de desarrollar el plan de continuidad de operaciones de las tesorerías jurisdiccionales frente al COVID 19, brindar novedades sobre proyectos estratégicos e innovaciones en el desarrollo de los procesos operativos de programación financiera, pagos, recursos y administración de cuentas bancarias.

  • La Tesorería General de la Nación es la Secretaría Permanente de la Asociación de Tesorerías Generales de la República Argentina (ATGRA). A tal efecto, se coordinaron reuniones con la Comisión Directiva y Asamblea General Ordinaria desarrolladas en forma virtual, donde se realizaron diversas exposiciones centradas en el eje “Rol, experiencias e innovaciones de las Tesorerías Generales frente al escenario de Aislamiento Social, Preventivo y Obligatorio y trabajo remoto”. Asimismo, se realizaron talleres de capacitación bajo la misma modalidad virtual, bajo la temática “Misión, Visión y Valores de las Tesorerías Generales.

1 Reinicia numeración por cambio de repartición GDE de la TGN (#MHA por #MEC).

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