San Juan

La provincia de San Juan se encuentra ubicada en la región de Cuyo, bordeando la cordillera de Los Andes al noroeste del territorio argentino. Su producción se concentra en la minería metalífera, siendo el principal mineral producido y exportado el oro, es la segunda provincia más exportadora de minería en Argentina (más de 22% de todas las exportaciones mineras en los primeros 10 meses de 2023). Además, la provincia tiene producción de minería no metalífera, en particular con una importante producción de cales (incluso con salida exportadora).
Hacia fines de 2023, la provincia cuenta con una cartera de 31 proyectos: 2 en estado de producción (oro), 1 en construcción (cobre), 10 en exploración avanzada (6 de cobre y 4 de oro). Los 18 restantes se encuentran en estados previos iniciales.
En cuanto a la implementación del estándar EITI, la provincia comenzará reportando los requisitos referentes al marco legal, la distribución de ingresos y el impacto ambiental y social de las actividades extractivas durante el año 2023.
Adhesión
- Carta compromiso
- Ratificación
- Puntos Focales: Guillermo Olguín, Secretario de Desarrollo Minero Sustentable de la provincia de San Juan.
Mariana Azcona, Directora de Desarrollo Minero Sustentable de la provincia de San Juan.
Correo electrónico: [email protected]
2.1 Marco legal y régimen fiscal
- CÓDIGO PROVINCIAL DE PROCEDIMIENTOS MINERO
- LEY DE CREACIÓN DEL INSTITUTO PROVINCIAL DE EXPLORACIONES Y EXPLOTACIONES MINERAS (IPEEM)
- DECRETO PROVINCIAL Nº 1426-1996 REGLAMENTACIÓN DE LA LEY 24.585
- DECRETOS PROVINCIALES Nº 1815-2004 y 1033-2006 – EVALUACIÓN DE INFORMES DE IMPACTO AMBIENTAL PARA MEGA PROYECTOS MINEROS
- DECRETO PROVINCIAL Nº 1679-2006 – EVALUACIÓN DE INFORMES DE IMPACTO AMBIENTAL PARA PEQUEÑOS Y MEDIANOS PROYECTOS MINEROS
- LEY 224-M (EX 4771, 1980) DE PROMOCIÓN DE LA ACTIVIDAD MINERA.
- LEY 459-M (EX. 6.387) DE ADHESIÓN A LA LEY 24.196 DEL RÉGIMEN DE INVERSIONES PARA LA ACTIVIDAD MINERA
- LEY N° 1.722-M DEL FONDO PROVINCIAL DE INCENTIVOS A EMPRENDEDORES MINEROS
- LEY N° 1.723-M DEL RÉGIMEN DE PROMOCIÓN Y FOMENTO DE LA ACTIVIDAD MINERA
- LEY DE REGALÍAS MINERAS
- LEY DE FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO MINERO
- LEY DEL FONDO MINERO PARA EL DESARROLLO DE LAS COMUNIDADES
- Fondo Fiduciario de Infraestructura Proyecto Minero Lama-Pascua
- Fondo Fiduciario de Infraestructura Reserva de Biosfera San Guillermo
- Fondo Fiduciario de Infraestructura Proyecto Minero Gualcamayo
- Fondo Fiduciario de Infraestructura Proyecto Minero Casposo
- Fondo Fiduciario de Infraestructura Rajo-Argenta
- Fondo Fiduciario de Infraestructura Fase 6 – Mina Veladero
2.3 Registros de licencias
El Catastro Minero de la Provincia de San Juan se encuentra disponible en formato KMZ y se actualiza con periodicidad mensual para su descarga en la página de Datos Abiertos del Gobierno de la Provincia:
El otorgamiento de licencias y contratos está regido por el Código de Minas y el Código de Procedimientos Mineros.
El Ministerio de Minería, a través de la Escribanía de Minas dependiente de la Secretaría Técnica, lleva el registro mediante distintos libros, entre ellos: Protocolo de Contratos, Transferencias, Inhibiciones, Embargos, Poderes e Hipotecas.
Además, la Escribanía de Minas administra los registros de libros de Minas, Mensuras, Permisos de Exploración (cateos) y Canteras. Toda esta información se encuentra disponible en formato físico, y para acceder a ella se debe realizar un pedido formal en la Mesa de Entradas de la Secretaría Técnica del Ministerio de Minería.
Entre los períodos 2022 y 2024, se registraron en el Ministerio de Minería 128 solicitudes de cateos y 41 solicitudes de manifestación de descubrimiento.
2.6 Participación estatal
El Instituto Provincial de Exploraciones y Explotaciones Mineras (I.P.E.E.M.) fue creado por la Ley Nº 387-A (1989) como un organismo provincial autárquico con personería jurídica suficiente para actuar en el derecho público y privado, vinculado al Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Minería de la Provincia de San Juan.
Su objeto es la adquisición de derechos mineros conforme al Código de Minería, inscribiéndolos a su nombre con la finalidad de convenir su exploración y explotación mediante Contratos de Riesgo de Exploración con Opción a Explotación celebrados con terceros (empresas privadas), a través de Concursos Públicos de Oferta Internacionales de Áreas Mineras. Por estos contratos el Instituto percibe Derechos de Exploración y de Explotación, administrados por su Directorio.
Principales características:
- El I.P.E.E.M. no es titular de empresas mineras: contrata con compañías privadas.
- No constituye una empresa del Estado, sino un organismo provincial autárquico en lo relativo a decisiones sobre empresas adjudicatarias, y descentralizado en lo referente al manejo de fondos y la designación de personal.
- Presenta anualmente la Cuenta General del Ejercicio, auditada por el Tribunal de Cuentas de la Provincia. Se incluyen los Anexos II, III, V, IX y X de la Cuenta General de los ejercicios 2022 y 2023.
3.1 Exploración
Proyecto Los Azules:
Temporada 2023
Campaña de perforación de 39930,5 metros de perforación, se recopilaron en los testigos de perforación datos geotécnicos para determinar las características de la roca. Se efectuó registro fotográfico de los testigos. Se captaron de los testigos datos geológicos, se recolectaron muestras para análisis geoquímico y ensayos metalúrgicos, se tomaron fragmentos de rocas para determinación de gravedad específica. Se recolectaron muestras para ensayos de compresión uniaxial, se realizaron análisis de carga puntual (PLT) y resistencia de compresión a martillo, se realizaron lecturas de televiewer de algunos sondales para los análisis geotécnicos del macizo rocoso. Evaluación de las condiciones geográficas y geológicas, levantamientos y replanteos de plataformas y collares de pozos. Calicatas para la verificación del espesor de cobertura.
- Perforaciones:
- Recursos: 87 sondajes de testigos con el sistema de diamantina
- Metalurgia: 28 sondajes de testigos con el sistema de diamantina
- Geotecnia: 11 sondajes de testigos con el sistema diamantina
- Hidrológicos: 14 sondajes con sistema RC
- Espesor de cobertura: 37 sondajes con sistema sónico.
Proyecto Chita:
- Mapeo Geológico de detalle
- Prospección geoquímica
- Mejoramiento del camino de ingreso
- Apertura y mejora de 3 Km de huellas
- Construcción de planchadas de perforación
- Ejecución de sondajes a diamantina (9 pozos con profundidades promedio de 700 y totalizando 5.800 m)
- Logueo geológico y muestreo de los testigos de perforación
- Realización de estudios de línea de Base y monitoreo ambientales
Proyecto Filo del Sol:
Temporada 2023
Programa de perforación: ejecución de sondajes a diamantina, con la modalidad de que algunos antepozos , hasta una profundidad de 350m, fueron realizados con aire reverso. Se ejecutó un total de 15822,80 m (14654,80 m a diamantina con recuperación de testigos y 1168 m de aire reverso) distribuidos en 23 pozos (19 pozos a diamantina y 4 de aire reverso).
Geoquímica: se efectuó muestreo sistemático cada 2 m a lo largo del testigo y muestras selectivas.
Muestreo: durante la temporada se han realizado ensayos y determinaciones a partir de muestras de afloramientos, testigos de perforación y rechazos gruesos de análisis litogeoquimicos.
Proyecto Josemaría:
- Exploración Geológica:
- Exploración en Portones y Cumbre Verde
- Prospección Geofísica Terrestre mediante métodos de polarización y resistividad
- Perforación a diamantina involucran la evaluación de los Targets o blancos exploratorios de Portones y Cumbre Verde (aprox. 30.000 m)
- Ejecución de perforaciones a diamantina con fines de condenación (aprox. 6000 m)
- Investigaciones geotécnicas: Se planea realizar 3.326 m de perforaciones con sondajes sónicas, diamantinas y combinados con fines geotécnicos.
- Investigaciones hidrogeológicas.
3.2 Producción
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Proyecto Veladero 2022-2023
Producción aproximada de 207.000 onzas de oro/4,05 millones de onzas.
Reservas mineras probadas y probables: 1,9 Moz de oro, Recursos medidos e indicados: 5,6 Moz de oro, Recursos inferidos: 0,54 Moz de oro.
La Fase 7A del valle de lixiviación se completó dentro del presupuesto a un costo de US$81 millones. La construcción de la Fase 7B comenzó durante el tercer trimestre de 2023, y su finalización está prevista para 2024. -
Proyecto Gualcamayo 2022-2023
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PERFORACIONES
Durante el año 2022, hasta el 30 de septiembre, se perforaron 15.678 metros de sondajes por sistema de Aire Reverso desde superficie y 8.841 metros de sondajes por sistema diamantina (en su mayoría desde interior de mina). -
PIT MAGDALENA FASE 3
El pit Magdalena (MAG), comenzó su apertura en marzo del año 2018 y con un periodo de excavación de 4 años proyecta su cierre en diciembre del año 2022. Durante este periodo se estima un movimiento total de 32.510.127 toneladas entre remanejos, mineral y estéril excavado. -
PIT LAS VACAS FASE 2
Se inició su apertura en agosto del año 2022 y con un periodo de excavación de 1.5 años, proyecta su cierre en diciembre del año 2023. Durante este periodo se estima un movimiento total de 3.308.292 toneladas entre remanejo, mineral y estéril excavado. -
PIT TARGET - D
Se inició su apertura en septiembre del año 2020 y con un periodo de excavación de 3.5 años, proyecta su cierre en diciembre del año 2023. Durante este periodo se estima un movimiento total de 6.283.398 toneladas entre remanejos, mineral y estéril excavado. -
PLAN DE DESARROLLO Y PREPARACIÓN DE MINA SUBTERRÁNEA
Se presentan los avances de (Desarrollo y Preparación) a julio del 2022. En los planos podemos observar un nuevo desarrollo denominado “Rampa Nv 1766”, la cual comprende un desarrollo descendente de 150 metros con pendiente de -12%. -
PROYECTO EXPLOTACIÓN CUERPO NORTE
Se considera la explotación de un sector ubicado en el Sector Norte del cuerpo remanente este y en un N-E del SLC.
El mismo cuenta con 2 niveles de explotación (Nivel 1910 – 1930) donde en el nivel superior habrá conexión con el fondo del pit de QDDE.
El aporte de mineral de dicho sector se estima iniciar en el mes de julio del 2022, finalizando la misma en mayo del 2023.
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4.1 Divulgación exhaustiva de impuestos e ingresos
Se sugiere visitar el Cuarto Informe EITI Argentina
5.1 Distribución de ingresos
REGALÍAS MINERAS: “Es una retribución pecuniaria que debe abonarse al Estado Provincial por la extracción de los recursos naturales mineros de carácter no renovables situados en su jurisdicción”.
DISTRIBUCIÓN: Lo recaudado en concepto de Regalías Mineras se debe distribuir de la siguiente manera:
1) Respecto de los proyectos que hasta el 29 de noviembre de 2007:
a) Tenían aprobado el informe de Impacto Ambiental de Explotación con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y.
b) Tenían presentado el informe de Impacto Ambiental y reencontraban en la última etapa de obtención de la Declaración de Impacto Ambiental (DIA.) para explotación:
* Para Rentas Generales de la Provincia, el cincuenta y cinco por ciento (55%).
* Para la Municipalidad, donde tenga su asiento el yacimiento minero, el treinta y tres por ciento (33%).
* Para el Ministerio de Minería, el doce por ciento (12%).
2) Respecto de los proyectos que obtuvieron la aprobación del informe con Declaración de Impacto Ambiental (DIA) y de aquellos, cuyos informes de Impacto Ambiental de Explotación son posteriores al 29 de noviembre de 2007:
* Para Rentas Generales de la Provincia, el setenta por ciento (70%).
* Para la Municipalidad, donde tenga su asiento el yacimiento minero, el veinte por ciento (20%).
* Para el Ministerio de Minería, el diez por ciento (10%).
DESTINO DE LOS FONDOS
“En cualquiera de los casos citados, los recursos asignados a favor del Municipio deben ser destinados a la realización de proyectos estratégicos vinculados al desarrollo económico, productivo, industrial, turístico, que brinden condiciones para generar mayor mano de obra; y a la construcción de viviendas en el departamento. En ningún caso pueden ser destinados a gastos de erogaciones corrientes”.
Los recursos asignados al Ministerio de Minería, deben ser depositados en una cuenta especial y distribuidos de la siguiente manera:
a) Sesenta y cinco por ciento (65%), para la tarea de fiscalización y control, especialmente a las acciones dirigidas a la preservación del ecosistema.
b) Veinticinco por ciento (25%), para cubrir las ayudas económicas, asumidas por el Ministerio de Minería, con el fin de promocionar la actividad minera en la Provincia de San Juan, en materia deportiva, social, cultural y educativa.
c) Diez por ciento (10%), para la Secretaría de Estado de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia o el organismo que en el futuro lo reemplace, a efectos de promover el fortalecimiento del Sistema Provincial de Innovación (SPI).
El FONDO MINERO PARA EL DESARROLLO DE COMUNIDADES se creo, originariamente con la suma de Pesos Ochenta Millones ($ 80.000.000) aportados por el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Minería de la Provincia y posteriormente, se alimento con:
a) el veinte por ciento (20%) del porcentaje que con destino a rentas generales la provincia perciba en concepto de regalías mineras;
b) los recursos provenientes de multas o recargos aplicados por el Ministerio de Minería;
c) cualquier otro aporte que el Poder Ejecutivo Provincial decida integrar al presente fondo por vía del presupuesto anual;
d) contribuciones, donaciones y legados del sector público o privado;
e) aportes que pudiera realizar el Estado Nacional;
f) recupero de inversiones y sus eventuales rentas; y,
g) cualquier otro recurso que pueda corresponderle por ley o le sea atribuido por convenio o por cualquier otro mecanismo legalmente establecido.
DESTINO DE LOS FONDOS
El Fondo Minero para el Desarrollo de Comunidades se aplicará de manera exclusiva a financiar proyectos productivos, de carácter individual o colectivo, en el sector de la agricultura, ganadería, minería, industria, agroindustria, comercio, turismo y servicios afines a la producción, o todo otro que constituya un factor de desarrollo de todas las actividades económicas vinculadas a la identidad de cada territorio y que favorezca la generación de empleos y mejore la calidad de los existentes, garantizando competitividad en el marco del principio de sustentabilidad.
El FONDO ESPECIAL PARA EL DESARROLLO MINERO o el denominado Cuatro por Mil (4/1000), es un aporte especial que debe realizar toda persona física o jurídica con domicilio fiscal en el país, que preste servicios y/o suministren bienes o insumos a las empresas exploradoras y/o productoras mineras, radicadas en la Provincia de San Juan
DESTINO DE LOS FONDOS
a) Capacitar recursos humanos, tanto en el ámbito público como privado, para el desarrollo de la actividad minera en todas sus áreas y disciplinas.
b) Fomentar la formación educativa de los cuadros docentes sobre la actividad minera.
c) Difundir el beneficio que aporta el desarrollo minero para la Provincia de San Juan, a través de cualquier modalidad que cumpla tal objetivo.
d) Desarrollar campañas de difusión y participación orientadas a toda la comunidad de la Provincia, en lo atinente a la actividad minera.
e) Promocionar la actividad de entidades y personas humanas, tanto en el ámbito deportivo, como en el cultural y social de la Provincia.
f) Otorgar becas o subsidios a los alumnos del nivel terciario o universitario, domiciliados en los departamentos depositarios de los yacimientos mineros en exploración o explotación.
La enumeración anterior es meramente enunciativa. Los fondos se pueden destinar a toda actividad que implique algún beneficio para los habitantes de la Provincia.
Canon minero, las minas son concedidas a los particulares mediante un canon anual por pertenencia, cuyos montos se actualizan mediante resolución dictada por la Secretaría de Minería de la Nación, o el organismo que la reemplace, conforme la variación interanual del Índice de Precios al Consumidor.
Los Fondos Fiduciarios son administrados bajo la figura de Fideicomisos Provinciales, son aportes que se realizan gradualmente a lo largo de la vida útil de cada proyecto por las empresas mineras y son afectados a las distintas iniciativas y proyectos, en conformidad con las estructuras, montos, formas, asignaciones y demás condiciones específicas, establecidas en un acuerdo suscrito entre las empresas mineras y el Gobierno de la Provincia.
Destino de los Fondos:
La finalidad de los fondos generados por la aplicación de los Fideicomisos Públicos cumple con dos objetivos:
- Uno es generar una infraestructura de base, que permita crear nuevos polos de desarrollo y nuevas alternativas de diversificación económica, destinadas al objetivo de mejoramiento y bienestar de la población.
- Proveer una adecuada infraestructura económica – social que contribuya a generar una integración territorial y un desarrollo armónico y sustentable, en el orden departamental y provincial.
6.4 Impacto ambiental y social de las actividades extractivas
AÑO 2022
Exploración:
- Mina San Francisco - IIA - N° 1070-MM-2022
- Inti - IIA - N° 510-MM-2022
- Zancarron - IIA - N° 039-MM-2022
- Filo del Sol - 4° ACT. - N° 224-MM-2022
- Trinidad - IIA - N° 344-MM-2022
- Chita - 4° ACT. - N° 346-MM-2022
- María Antonia - Rosario - 2° ACT. 339-MM-2022
- Lagunas - IIA - N° 342-MM-2022
- Ortiga - IIA - N° 332-MM-2022
- Azul - IIA - N° 336-MM-2022
- Quilla - IIA - N° 375-MM-2022
- Virgencita - 1° ACT. - N° 374-MM-2022
- Gauchos - IIA - N° 643-MM-2022
- Las Flechas - 2° ACT. - N° 699-MM-2022
Explotación
- Josemaría - IIA - N° 268-MM-2022
- Arenas Checco - IIA - N° 612-MM-2022
AÑO 2023
Exploración:
- PROYECTO CANDELARIA - IIA - N° 411-MM-2023
- PROYECTO VENUS - IIA - N° 576-MM-2023
- PROYECTO SANTO DOMINGO - 2° ACT. N° 412-MM-2023
- PROYECTO EL GATO - IIA - N° 707-MM-2023
- PROYECTO VANESA I y II - 2° ACT. - N° 739-MM-2023
- PROYECTO UNIÓN - IIA - N° 484-MM-2023
- PROYECTO LA VENTANA - IIA - N° 665-MM-2023
- PROYECTO RETAMAL Y DON DAVID - IIA - N° 637-MM-2023
- PROYECTO TAMBO SUR VI - IIA - N° 725-MM-2023
- PROYECTO TAMBO SUR - IIA - N° 727-MM-2023
- PROYECTO ALTO - IIA - N° 846-MM-2023
- PROYECTO RIO SALINAS - 2° ACT. - 856-MM-2023
- PROYECTO TORO- IIA - N° 644-MM-2023
- PROYECTO MALAMBO 3 - IIA - N° 740-MM-2023
- PROYECTO PEÑON DE HUALILÁN - IIA - N° 858-MM-2023