Objetivos
-
Entender en la formulación y ejecución de la política comercial, industrial y en el diseño y gestión de los instrumentos para promover el desarrollo y crecimiento de los sectores productivos.
-
Articular las relaciones que, desde el Ministerio, se establezcan con otras Jurisdicciones, para fortalecer los lineamientos estratégicos de la política comercial.
-
Evaluar, en el ámbito de su competencia, el impacto económico en relación al cumplimiento de las medidas generadas y ejecutadas por las distintas áreas
asignadas a su órbita, desarrollando criterios e indicadores que permitan el control estratégico y la generación de proyectos a futuro. -
Evaluar la oportunidad, mérito y conveniencia de las políticas y acciones que impacten sobre el comercio.
-
Entender en las actividades vinculadas con el seguimiento y verificación de lo relacionado con la aplicación de las Leyes N° 19.511 del Sistema Métrico Legal Argentino (SIMELA), N° 24.240 de Defensa del Consumidor, N° 25.065 de Tarjetas de Crédito y sus modificaciones, y N° 26.993 del Sistema de Resolución de Conflictos en las Relaciones de Consumo, Título I, N° 27.521 del Sistema Único Normalizado de Identificación de Talles de Indumentaria (SUNITI) y el Decreto N° 274/19 de Lealtad Comercial.
-
Entender en la elaboración de propuestas, control y ejecución de las políticas comerciales internas relacionadas con la defensa y la promoción de los derechos de los consumidores.
-
Entender en la elaboración e implementación de las políticas y marcos normativos necesarios para afianzar la competencia de los derechos de los consumidores y el
aumento en la oferta de bienes y servicios. -
Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas destinadas a la defensa de la competencia y el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE DEFENSA DE LA
COMPETENCIA, actuando como Autoridad de Aplicación de la Ley N° 27.442, hasta tanto se constituya la AUTORIDAD NACIONAL DE LA COMPETENCIA creada por
el artículo 18 de la Ley N° 27.442, en los términos de los artículos 4° y 5° del Decreto N° 480/18, y de los Tribunales Arbitrales de Defensa del Consumidor. -
Entender en las propuestas y coordinación de políticas comerciales vinculadas a la actividad del sector privado, así como en las medidas comerciales relacionadas con
otras políticas públicas, a fin de asegurar su coherencia y consistencia interna y brindar asistencia técnica en la materia. -
Evaluar, proponer y dictar medidas tendientes a mejorar la fluidez de los mercados de bienes y servicios tanto públicos como privados, con el objeto de favorecer su
transparencia y desarrollo en función del interés público, en el ámbito de su competencia. -
Realizar el seguimiento de las políticas que desarrolle la CORPORACIÓN DEL MERCADO CENTRAL DE BUENOS AIRES, y su correspondencia con las políticas
públicas implementadas por el PODER EJECUTIVO NACIONAL, teniendo a su cargo la relación con las demás jurisdicciones que la integran. -
Dirigir la representación en las empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos
impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. -
Coordinar la gestión de los directores que representan al ESTADO NACIONAL en aquellas empresas donde la Secretaría posea participación accionaria y ejerza la
tenencia accionaria, conforme las pautas y lineamientos impartidos por la JEFATURA DE GABINETE DE MINISTROS. -
Supervisar la ejecución de las políticas comerciales internas de defensa de los consumidores y de defensa de la competencia.
-
Evaluar el grado de competitividad en todos los ámbitos de la actividad económica elaborando las estructuras de costo de los bienes y servicios que conforman los
mercados, en el ámbito de su competencia. -
Promover la articulación de políticas de comercio con los gobiernos provinciales y de la CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES.
-
Intervenir en materia de estructuras arancelarias, de políticas de reembolsos y reintegros a la exportación y de seguro de crédito a la exportación, en el ámbito de
su competencia. -
Supervisar la gestión de los instrumentos y regímenes de administración del comercio exterior, en coordinación con las áreas competentes en la materia.
-
Entender en la implementación, administración y funcionamiento del Régimen Nacional de Ventanilla Única de Comercio Exterior Argentino (VUCEA) y supervisar
el accionar de su Unidad Ejecutora. -
Supervisar el accionar de la COMISIÓN NACIONAL DE COMERCIO EXTERIOR.
-
Programar y proyectar las actividades de las áreas bajo su competencia, para la mejora de los regímenes de promoción industrial y del desarrollo de proveedores en
las cadenas de valor manufactureras. -
Entender en el análisis de la problemática de los diferentes sectores industriales, detectando las necesidades de asistencia financiera y tecnológica, entre otras, así
como promover el fortalecimiento productivo, tanto a nivel sectorial como regional. -
Ejercer como Autoridad de Aplicación del Régimen Compre Argentino y Desarrollo de Proveedores, aprobado por la Ley N° 27.437, respecto de las cuestiones
remanentes o pendientes de conclusión. -
Realizar y definir negociaciones sectoriales en el área industrial del proceso de integración regional y/o acuerdos especiales con otros países en materia de su
competencia. -
Participar, en el ámbito de su competencia, en los acuerdos de cooperación e integración internacionales e interjurisdiccionales, en los que la REPÚBLICA
ARGENTINA sea parte, y en su supervisión. -
Ejercer el control tutelar del INSTITUTO NACIONAL DE LA PROPIEDAD INDUSTRIAL (INPI), del INSTITUTO NACIONAL DE TECNOLOGÍA INDUSTRIAL
(INTI) y de la AGENCIA REGULATORIA DE LA INDUSTRIA DEL CÁÑAMO Y DEL CANNABIS MEDICINAL (ARICCAME). -
Diseñar las políticas de desarrollo productivo en el marco de las políticas macroeconómicas definidas por el Poder Ejecutivo Nacional, enfocadas hacia la
incorporación de valor agregado y la mejora de la productividad. -
Implementar las políticas del Gobierno Nacional relativas a los sectores industriales y a la propiedad industrial.
-
Establecer, en el ámbito de su competencia, mecanismos de colaboración entre el sector público y privado para identificar oportunidades de mejora y proponer
proyectos para solucionar los problemas y desafíos identificados. -
Entender en el análisis y planificación de las políticas de desarrollo industrial y productivo, en el ámbito de su competencia.
-
Intervenir en la interpretación y aplicación de los regímenes de origen vigentes y reconocimiento de certificados de origen, en materia de su competencia, como así
también en la elaboración de su normativa. -
Intervenir, en el ámbito de su competencia, en la aplicación de la política de promoción comercial.
-
Asistir al Ministro en los aspectos relativos a la participación en ferias, exposiciones y misiones destinadas a estimular el intercambio con el exterior.
-
Entender en lo referente a las prácticas comerciales desleales y salvaguardias, incluyendo los derechos antidumping, los subsidios y las medidas compensatorias,
en el ámbito de su competencia. -
Intervenir en la aplicación del Régimen de Desarrollo y Fortalecimiento del Autopartismo Argentino, Ley Nº 27.263; del Régimen de Promoción de Inversiones en la Industria Automotriz-Autopartista y su cadena de valor, Ley Nº 27.686; del Registro de Beneficiarios y Productos del Régimen de Incentivo para Fabricantes de Bienes de Capital creado por el Decreto Nº 379/01 y sus modificaciones; del Régimen en Aduana Factoría, Decreto N° 688/02; en el Régimen de Importación de Vehículos Incompletos, Totalmente Desarmados, a los efectos de su ensamble con la incorporación de autopartes locales en la REPÚBLICA ARGENTINA, Decreto N° 310/23 y del Régimen de Devolución Saldo Técnico de IVA, creado por la Resolución de la Ex SECRETARÍA DE INDUSTRIA N° 17/18.
-
Intervenir en el Régimen de Exención Impositiva para la PROVINCIA DE TIERRA DEL FUEGO, ANTÁRTIDA E ISLAS DEL ATLÁNTICO SUR creado por la Ley N° 19.640 y sus complementarias; y en los Regímenes de Aduana en Factoría creado por el Decreto N° 688/02, de Importación de Líneas de Producción Usadas, creado por el Decreto N° 1174/16 y sus modificatorios, así como en las detracciones contempladas en el Decreto N° 1067/18, sus modificatorios y complementarios; de Importación de Bienes Usados, regulados por la Resolución del Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA Y OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 909/94 y sus modificatorias; de importación de los productos comprendidos por la Resolución del Ex MINISTERIO DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS N° 1388/97 y sus modificatorias; y de Importación de Bienes Integrantes de Grandes Proyectos de Inversión creado por la Resolución del MINISTERIO DE ECONOMÍA N° 256/00 y
sus modificatorias. -
Entender en el marco de las políticas de fomento al desarrollo del sector automotriz y autopartista, en las nuevas modalidades de movilidad sustentable, electromovilidad, sistemas híbridos y otras tecnologías sostenibles.
-
Articular la definición, planificación, seguimiento y control de los lineamientos, políticas y programas estratégicos del área de su competencia, en coordinación con la SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y GESTIÓN PARA EL DESARROLLO PRODUCTIVO Y DE LA BIOECONOMÍA.
-
Intervenir en lo relativo a la aplicación del Régimen de Promoción de la Industria Naval Argentina, creado por la Ley Nº 27.418.
-
Administrar el Programa Nacional para el Desarrollo de Parques Industriales, creado por el Decreto N° 716/20.
-
Impulsar, con las áreas de la Administración Pública Nacional con competencia en la materia, el desarrollo de proyectos de investigación aplicada, en colaboración con
instituciones de investigación y desarrollo, académicas y del sector privado para impulsar la innovación industrial y la adopción de tecnología.
Objetivos de acuerdo con el Decreto 293/2024