Presidencia de la Nación

CREDIT SUISSE FIRST BOSTON, PRIVATE EQUITY ARGENTINA II, LLC SUCURSAL ARGENTINA, NUEVE ARTES S.A. (CONC 399)


Dictamen N° 377
Fecha Dictamen 23/12/2003
Resolución N° 8
Fecha Resolución 16/01/2004
Autos CREDIT SUISSE FIRST BOSTON, PRIVATE EQUITY ARGENTINA II, LLC SUCURSAL ARGENTINA, NUEVE ARTES S.A. S/ NOTIFICACIÓN ARTÍCULO 8 LEY 25.156
Principales características de la operación analizada CREDIT SUISSE FIRST BOSTON PRIVATE EQUITY ARGENTINA, II LLC. SUCURSAL ARGENTINA adquirió el control de NUEVE ARTES S.A.
Infracción/Antecedente La operación tuvo como antecedente una opinión consultiva y fue notificada 5 días después de vencido el plazo legal, por parte de CREDIT SUISSE FIRST BOSTON, PRIVATE EQUITY ARGENTINA II, LLC. (SUCURSAL ARGENTINA) y NUEVE ARTES SA. y por parte de HFS MEDIA S.A., 35 días después del vencimiento del plazo legal.
Criterio y stándard de análisis de CNDC Criterios de graduación: Pautas del artículo 49 de la Ley 25.156. Atenuantes: 1. La operación no era preocupante desde el punto de vista de la defensa de la competencia 2. Las empresas involucradas no practicaban con habitualidad notificaciones.
Sanción HFS MEDIA S.A. : $ 70.000; NUEVE ARTES S.A. y CREDIT SUISSE FIRST BOSTON, PRIVATE EQUITY ARGENTINA II LLC. SUCURSAL ARGENTINA: $ 10.000 a cada una. La sanción fue apelada y revocada por la Cámara de Apelaciones. Con posterioridad la Corte Suprema de Justicia de la Nación revocó la sentencia de la Cámara de Apelaciones.

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