Presidencia de la Nación

BBV ADESLAS SALUD Y AGBAREX (CONC 394)


Dictamen N° 341
Fecha Dictamen 20/03/2003
Resolución N° 45
Fecha Resolución 07/04/2003
Autos BBV ADESLAS SALUD Y AGBAREX S/ NOTIFICACIÓN ARTÍCULO 8 LEY 25.156
Principales características de la operación analizada Se notificaron dos operaciones. Por un lado, BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTIA S.A. adquirió de ADESLAS SALUD S.A. el control de COMPAÑÍA EUROMÉDICA DE SALUD S.A y por otro AGBAREX SL adquirió de BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTIA S.A. el 50% de ADESLAS SALUD S.A.
Infracción/Antecedente La operación tuvo como antecedente una opinión consultiva que determinó que la operación debía ser notificada. Sin embargo, con posterioridad las partes "comunicaron" la operación a la CNDC y presentaron el Formulario F1 luego de dicha comunicación. La operación fue notificada a través de la presentación del Formulario F1 116 días después de vencido el plazo legal.
Criterio y stándard de análisis de CNDC Se tuvieron en cuenta las pautas del artículo 49 de la Ley N° 25.156: 1. La gravedad de la infracción; 2. El daño causado; 3. Los indicios de intencionalidad; 4. La participación del infractor en el mercado; 5. El tamaño del mercado afectado; 6. La duración de la práctica o concentración; 7. Antecedentes del responsable y su capacidad económica; Atenuantes: 1. La operación no presentaba problemas de competencia; 2. Las empresas no realizaban habitualmente este tipo de procedimientos.
Sanción BANCO BILBAO VIZCAYA ARGENTINA S.A.: $348.000 ya AGBAREX SL: $ 348.000 . La multa fue de $ 3.000 diarios. La sanción fue confirmada por la Cámara de Apelaciones pero su monto fue reducido a $105,000

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