Presidencia de la Nación

ANDES ELECTRICIDAD S.A. Y OTROS (CONC 691)


Dictamen N° 57
Fecha Dictamen 16/03/2017
Resolución N° 325
Fecha Resolución 21/04/2017
Autos ANDES ELECTRICIDAD S.A. Y OTROS S/ NOTIFICACIÓN ARTÍCULO 8 LEY 25.156
Principales características de la operación analizada ANDES ELECTRICIDAD S.A. adquirió del Sr .Rubén Álvarez y de la Sra. Lucrecia Álvarez acciones de INVERSORA ANDINA DE ELECTRICIDAD S.A. y MENDINVERT S.A.
Infracción/Antecedente La operación se notificó luego de siete días de vencido el plazo legal.
Criterio y stándard de análisis de CNDC Agravante: 1. La habitualidad de las notificaciones, dado que las partes conocian la normativa que rige el control de concentraciones y las consecuencias de la falta de cumplimiento. Atenuantes: 1. La operación no infringía el art. 7 de la ley 25.156; 2. Las partes se presentaron espontáneamente a notificar y prestaron colaboración en todos los pedidos de informes; 3. No hubo indicios de maniobras para ocultar la operacion y evitar notificar; 4. No hubo "gun jumping"; 5. Las partes no tenian antecedentes de otra notificación tardía.
Sanción A ANDES ELECTRICIDAD S.A. se le impuso una multa de $ 140.000; al Sr. Ruben Álvarez y a Lucrecia Álvarez se les impuso solidariamente una multa de $ 140.000. La multa fue de $20.000 diarios.

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