Presidencia de la Nación

Darme de baja en el monotributo

Tené presente que siempre que dejes de realizar las actividades por las cuales te inscribiste como monotributista, tenés que tramitar la baja en AFIP a través de internet.

Gratuito En linea

Existen varios motivos por los que se puede generar la baja del monotributo. Los principales son por cese de actividades (cuando ya no se van a desarrollar actividades como monotributista), de oficio (por falta de pago de 10 períodos consecutivos), renuncia y exclusión (por exceder los parámetros límite del régimen).

La baja del monotributo puede realizarse en cualquier momento. Para evitar la generación de deudas, el mes en el que solicites la baja debe quedar pago. A partir del mes siguiente, la baja se hará efectiva y ya no se abonará el monotributo.

Importante

Si estabas haciendo aportes de jubilación y obra social mediante el monotributo, cuando la baja se haga efectiva, finalizarán también los aportes.

¿A quién está dirigido?

A monotributistas que deseen tramitar la baja en el régimen.

¿Qué necesito?

Contar con CUIT y clave fiscal en AFIP.

Estar inscripto previamente en el régimen de monotributo.

¿Cómo hago?

1

Entrá al Acceso con clave fiscal de AFIP e ingresá tu número de CUIT y clave fiscal.

2

El sistema desplegará en pantalla la lista de servicios de AFIP que tenés habilitados. Seleccioná Monotributo. Si no tenés este servicio habilitado, consultá en AFIP ¿Cómo utilizo la clave fiscal y cómo incorporo nuevos servicios?

3

Una vez en Monotributo, elegí la opción Modificación y baja en el menú de la izquierda.

4

El sistema mostrará varias tarjetas. Buscá la que diga Darse de baja del monotributo y presioná el botón Dar de baja.

5

Ingresá el período de la baja, indicando el mes y año. Luego seleccioná el motivo de la baja y presioná el botón Continuar

6

El sistema te va a redirigir al Registro único tributario para terminar de confirmar la operación.

7

Verificá los datos y presioná Confirmar.

8

¡Listo! Ya podés descargar la constancia de baja del monotributo.

Cuando se renuncie al monotributo o se produzca una exclusión, no se podrá volver al régimen hasta que hayan transcurrido 3 años calendario (enero a diciembre) desde la fecha de renuncia o exclusión.

¿Cuánto tiempo lleva hacer el trámite?

¿Cuál es el costo del trámite?

Gratuito

Vigencia

Tené en cuenta...

  • Baja por cese: Si luego de tramitar la baja por cese de actividad decidís volver otra vez a esa tarea, podrás inscribirte nuevamente como monotributista.
  • Baja automática: Si no solicitás la baja, vas a acumular deuda con la AFIP y al cabo de 10 meses te darán automáticamente de baja. Podrás reingresar al régimen, siempre que regularices la deuda correspondiente a esos 10 meses.
  • Baja por renuncia: Si renunciás al monotributo, no podrás reingresar hasta después de transcurridos 3 años calendarios completos.
  • Baja por exclusión: Si ya no reunís las condiciones por las cuales te inscribiste como monotributista, además de estar obligado a inscribirte en el Régimen General (Impuestos al Valor Agregado y a las Ganancias, Régimen Nacional de Trabajadores Autónomos), también estás obligado a comunicar la exclusión dentro de los 15 días hábiles siguientes.


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