Presidencia de la Nación

¿Quiénes pueden participar?


La convocatoria está dirigida a personas jurídicas constituidas como tales; en particular:

  • Sociedades
  • Asociaciones civiles
  • Simples asociaciones
  • Agrupaciones de colaboración
  • Fundaciones
  • Cooperativas y Mutuales
  • Universidades e Institutos Universitarios
  • Instituciones que integran el sistema nacional de ciencia y tecnología
  • Personas públicas no estatales
  • Gobiernos Provinciales y Municipales o comunales
  • Empresas o sociedades del Estado, sociedades de economía mixta, con participación estatal mayoritaria, y sociedades anónimas con participación pública.

Fomento al asociativismo

Dado que el objetivo de la convocatoria consiste en la implementación de proyectos e iniciativas innovadoras que luego puedan ser escalables y transferibles, se ponderarán las propuestas presentadas por grupos de instituciones asociadas, de manera de sumar capacidades institucionales complementarias, a través de la ejecución de casos piloto de forma asociativa. La presentación - tanto la Idea inicial como el posterior Plan de Trabajo - deberá ser suscripta por las máximas autoridades o los representantes legales de las instituciones participantes del proyecto.

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