Presidencia de la Nación

Modificaciones


Luego de la presentación del proyecto, en caso de querer realizar cualquier modificación a un proyecto de investigación ó a lo establecido en el contrato suscrito, se deberá contar con la conformidad del FONCyT. El Investigador Responsable deberá elevar una nota al FONCyT, a través de su Unidad Administradora, en la que consten las razones que motivan la modificación.

Las modificaciones pueden referirse a:

  • La conformación del grupo responsable (altas, bajas, cambios de dedicación).
  • El destino de los montos presupuestados o cambios entre rubros.
  • La compra de equipamiento (actualizaciones de monto, cambio de equipos, etc.).
  • Los viajes a realizar a países no miembros del BID.
  • La Institución Beneficiaria, la sede de la Unidad Ejecutora, o la Unidad Administradora.
  • El plazo para la ejecución de los proyectos.
  • Algún otro aspecto no previsto que surja durante el desarrollo de la investigación.

Las reformulaciones y los cambios en el rubro equipamiento se deberán realizar junto con la planificación anual del proyecto y en una sola oportunidad, al inicio de cada año de ejecución del proyecto. No podrán realizarse cambios en el rubro durante el último año de ejecución del proyecto.

Según la modificación establecida a través de la Resolución Nº 024/2008, las notificaciones de reformulación presupuestaria y/o cambios en las adquisiciones deberán ser comunicadas por el Investigador Responsable a la Unidad Administradora, con 10 días hábiles de anticipación a la concreción de las mismas, acompañadas de la planificación anual correspondiente. El incumplimiento será sancionado con la declaración de “No Elegibilidad” de las mismas.

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