Presidencia de la Nación

Licencia por enfermedad


La trabajadora tiene derecho a una licencia por enfermedad. La duración de esta licencia depende de su antigüedad:

  • hasta 3 meses al año si la antigüedad en el trabajo es menor a 5 años;
  • hasta 6 meses si la antigüedad es mayor a 5 años.

Cómo proceder

  1. La trabajadora debe avisar que está enferma desde el primer día que no pueda concurrir a trabajar como consecuencia de la enfermedad.
  2. Debe acreditar esta situación a través de un certificado médico.
  3. Durante la licencia –y por el tiempo que corresponda según su antigüedad– se debe abonar la misma remuneración que venía percibiendo (en caso de aumento, también hay que pagarlo).

El empleador tiene derecho a contratar un reemplazo mientras la trabajadora está de licencia. En este caso, debe registrarla como trabajadora eventual, con una fecha predeterminada de finalización de la relación laboral.

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