Presidencia de la Nación

Compensaciones, Seguros y Panteones


Este Departamento se ocupa de asegurar y proporcionar los beneficios necesarios para el personal militar y sus familias, tanto en vida como después del fallecimiento, garantizando la cobertura de seguros, la administración de compensaciones y el mantenimiento de lugares conmemorativos.

Teléfono: (+54 11) 4317-2000 Int.: 3583

División Compensaciones

Compensación por Fallecimiento

Esta División tramita la compensación por fallecimiento de acuerdo a la reglamentación vigente (Decreto N° 1.129/74, Anexo III) a los deudos del personal militar fallecido, en actividad o retiro, como retribución para afrontar obligaciones y perjuicios emergentes de esta circunstancia.

Para solicitar la Compensación por Gastos de Fallecimiento, se dispone de un plazo de un (1) año, contando a partir de la fecha de fallecimiento del personal militar. La misma se percibe por única vez.

Aquel/ aquella persona (deudo) al que se le haya otorgado el derecho a pensión (definitiva), podrá gestionar el cobro de la Compensación por Fallecimiento, para lo cual deberá enviar la documentación que a continuación se detalla:

• Fotocopia del Certificado de Defunción.
• Fotocopia del último recibo de haberes del difunto.
• Fotocopia de la Libreta/ Acta de Matrimonio/ Convivencia del deudo.
• Fotocopia del D.N.I. (anverso y reverso) del deudo.
• Fotocopia del Certificado de CBU bancario del deudo.
• Fotocopia del Formulario de CUIL del deudo.
• Dirección de e-mail y/o teléfono de contacto del deudo o familiar.

Compensación por Gastos de Entierro

Esta División tramita la compensación por Gastos de Entierro de acuerdo a la reglamentación vigente (Decreto N° 1.129/74, Anexo II), a los miembros de la familia, persona u organismo que se hecho cargo del velatorio o sepelio del personal militar fallecido, que compruebe mediante factura original haber realizado los gastos de entierro del extinto.

Para el pago de los gastos por entierro, se reconocen exclusivamente aquellos realizados para el servicio de sepelio, sin mejoras agregadas, traslados o cremaciones.

La suma a reintegrar, estará determinada por la jerarquía del fallecido y dentro de los límites establecidos en el presente decreto (Anexo 15).

Para gestionar la compensación, se establece el plazo de un (1) año, contado a partir de la fecha de fallecimiento del personal militar, debiendo presentar la documentación que a continuación se detalla:

• Fotocopia del Certificado de Defunción del personal militar.
• Factura original a nombre del responsable del Gasto por Entierro (Solicitante).
• Fotocopia del D.N.I. (anverso y reverso) del solicitante.
• Fotocopia del Certificado de CBU bancario del solicitante.
• Fotocopia del Certificado de CUIL del solicitante.
• Dirección de e-mail y/o teléfono de contacto del solicitante.

La documentación solicitada deberá ser escaneada y enviada por e-mail a:

[email protected]
[email protected]
• o por correo postal a:

Dirección de Bienestar de la Armada
Departamento Seguros, Compensaciones y Panteones – Div. Compensaciones
Av. Comodoro Py Nº 2055 - 4º Piso Of. 77
CABA – (CP C1104BEA)

División Seguros

Esta División tramita los dos seguros vigentes en la Institución:

Seguro de Vida Obligatorio para el Personal del Estado (Ley N° 13.003)

Seguro prestado por la “Caja de Ahorro y Seguros de Vida S.A."

Se descuenta por recibo de haberes a través de los siguientes códigos: Contraloría 307 / IAF 177 / ANSES 357

En caso de siniestro del personal en actividad (militar/civil), el destino deberá confeccionar la planilla (F. 302) y lo tramitará ante el Dpto. Seguros, Compensaciones y Panteones de la Dirección de Bienestar de la Armada.

Para el personal militar retirado, el trámite para la percepción del beneficio deberá ser realizado ante la “Caja de Ahorro y Seguros de Vida S.A.” 0810-555-2252

Plazo aproximado de percepción del beneficio, una vez recibida la totalidad de la documentación: quince (15) días.

Seguro de Vida Colectivo Obligatorio (Decreto N° 1.567/74)

  • Seguro prestado por la “Caja de Ahorros y Seguro de Vida S.A.”
  • La cuota del seguro no figura en el recibo de haberes, por ser abonada por el empleador.
  • En caso de siniestro del personal en actividad (militar/civil), el destino confeccionará la planilla (F. 3027) y lo tramitará a través del Dpto. Seguros, Compensaciones y Panteones de la Dirección de Bienestar de la Armada
  • Plazo aproximado de percepción del beneficio, una vez recibida la totalidad de la documentación: cuarenta y cinco (45) días.
  • Este seguro NO RIGE para personal retirado o jubilado.

Para información dirigirse a:
División Seguros: Teléfono: (+54 11) 4317-2000 Int.: 3203
Correo electrónico: [email protected], [email protected]
o por correo postal a:

Dirección de Bienestar de la Armada
Departamento Seguros, Compensaciones y Panteones – Div. Seguros
Av. Comodoro Py Nº 2055 - 4º Piso Of. 77
CABA – (CP C1107BEA)

División Panteones Navales

La Armada Argentina cuenta con panteones navales en el:

  • Cementerio de Flores – Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
  • Cementerio de La Plata – Ciudad de La Plata – Provincia de Buenos Aires.
  • Cementerio de Punta Alta – Ciudad de Punta Alta – Provincia de Buenos Aires.

Los mismos poseen los servicios de nichos para cajón, osario y cenizas.

Para acceder a su uso, se deberán realizar los trámites correspondientes ante:

Panteón Naval del Cementerio de Flores
Dirección de Bienestar de la Armada – Departamento Seguros, Compensaciones y Panteones – Of. 4
Teléfono: (+54 11) 4317-2000 Int.: 3696.

Panteón Naval del Cementerio de La Plata
Dirección de Bienestar de la Armada – Departamento Seguros, Compensaciones y Panteones – Of. 4
Teléfono: (+54 11) 4317-2000 Int.: 3696.

Panteón Naval del Cementerio de Punta Alta
Base Naval Puerto Belgrano
Teléfono Secretaría General: (+54 2932) 48-7152 - (+54 291) 435-2850
Puesto 2 – Teléfono: (+54 2932) 48-9974

Información de contacto

Departamento Seguros, Compensaciones y Panteones

División Seguros: Teléfono: (+54 11) 4317-2000 Int.: 3203.
Correo electrónico: [email protected], [email protected]

División Compensaciones:Teléfono: (+54 11) 4317-2000 Int.: 3582/84
Correo electrónico: [email protected]

División Panteones:
Panteones Navales de los Cementerios de Flores y La Plata
Teléfono: (+54 11) 4317-2000 Int.: 3696
Correo electrónico: [email protected]

Base Naval Puerto Belgrano
Panteón Naval del Cementerio de Punta Alta
Teléfono: (+54 2932) 48-7152 - (+54 2932) 48-9974 - (+54 291) 435-2850

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