Presidencia de la Nación

Preguntas frecuentes


¿La Declaración Jurada de Intereses se debe completar aunque la persona no tenga vinculación?
Sí, se debe completar en todos los casos. De no haber vínculo, se debe consignar su inexistencia.

¿Cuáles son los organismos del Sector Público Nacional?
Los organismos que alcanzan la norma son los mencionados en el art. 8 de la Ley de Administración Financiera 24.156.

¿Cómo saber quiénes son los funcionarios a cargo de la contratación, solicitud de permiso u otro acto?
Los organismos y entidades en cuyo ámbito se realice la contratación o se otorgue la solicitud, deberán informar en cada procedimiento o trámite los nombres y cargos de los funcionarios con competencia o capacidad de decisión sobre la contratación o acto correspondiente.

¿En qué momento y dónde debo presentar la Declaración Jurada de Intereses?
Deberás presentar la Declaración Jurada de Intereses en el Registro de Proveedores correspondiente, al momento de inscribirte como proveedor del Estado Nacional. Si ya estás inscripto en un registro de proveedores deberás presentar la Declaración Jurada de Intereses en ese registro.

En caso de estar registrado como proveedor y estar interesado en presentarte a contratar en un procedimiento de selección en concreto, se requerirá que declares ante el organismo contratante la existencia de vínculos respecto del funcionario con capacidad para decidir en la contratación.

Cuando un procedimiento no requiere la inscripción previa en algún registro, la declaración jurada deberá presentarse en la primera oportunidad que se presenta en las actuaciones respectivas.

¿Qué ocurre si aún no está disponible la Declaración Jurada de Intereses en el registro correspondiente?
Hasta tanto se habiliten los formularios en los registros respectivos, deberás acompañar la Declaración Jurada de Intereses en el marco del trámite respectivo. Podrás descargar la Declaración Jurada desde aquí.

¿Cada cuánto tiempo debe actualizarse la Declaración Jurada de Intereses?
Se debe actualizar cada vez que se modifiquen los vínculos declarados dentro de los noventa(90) días hábiles. Asimismo, los datos que consten en la Declaración Jurada de Intereses presentadas en los registros deberán validarse anualmente hasta el 31 de marzo de cada año.

¿Dónde debo actualizar la Declaración Jurada de Intereses?
Tenés que actualizarla en el registro en el que te encontrás inscripto o en el procedimiento en el que hubieses presentado la declaración jurada por primera vez, siempre y cuando éste no haya finalizado.

¿Qué ocurre si no hay cambios en los vínculos?
Debés informar hasta la fecha indicada (31 de marzo de cada año) que no existieron cambios.

¿Debo presentar la Declaración Jurada de Intereses en procesos que ya están en trámite?
La obligación de presentar la Declaración Jurada de Intereses será exigible en aquellos procedimientos no concluidos que se encontraran en trámite al momento de la entrada en vigencia del Decreto N° 202 del año 2017 (30 de marzo del 2017).

Es obligación de los organismos o entidades en cuyo ámbito tramitan los procedimientos, intimar a su presentación dentro de un plazo razonable.

Si alguien declara una vinculación, ¿es excluido del procedimiento?
No. El hecho de declarar una vinculación activa el procedimiento que tiene como objetivo aumentar la transparencia y controles sobre el proceso.

¿Qué implican esos mayores mecanismos de transparencia?
Declarada una vinculación por cualquiera de los participantes en un procedimiento se notificará a la Oficina Anticorrupción y a la Sindicatura General de la Nación, y se ordenará la publicidad de las actuaciones.

Por otro lado, se deberá adoptar alguno de los mecanismos previstos en el Decreto 202/17:

  • Adoptar un pacto de integridad;
  • Convocar a testigos sociales;
  • Solicitar la veeduría especial de un organismo de control;
  • Realizar una Audiencia Pública.

La decisión de qué mecanismo aplicar estará a cargo del organismo público que interviene en el procedimiento. Los lineamientos mínimos de estos mecanismos pueden ser consultados en el Boletín Oficial.

¿Qué es un pacto de integridad?
Es el acuerdo suscripto entre todos los actores que intervienen en un procedimiento en el que se asume el compromiso de actuar con transparencia, ética e integridad y del que se derivan penalidades ante un incumplimiento.

¿Quiénes son los testigos sociales?
Testigo social es toda persona o grupo de personas, perteneciente a la sociedad civil, grupos o expertos de la comunidad científica y/o académica y/o Colegios de Profesionales, nacionales o internacionales, designada por organismos o entidades para ejercer control sobre el desarrollo y la ejecución de los procedimientos alcanzados por el Decreto N° 202/17.

¿Qué es una veeduría especial de organismos de control?
Se trata de un procedimiento de control concomitante llevado adelante por uno o más organismos de control del Sector Público Nacional.

¿Qué es una Audiencia Pública?
Se trata de un mecanismo a través del cual se busca permitir y promover una efectiva participación ciudadana, confrontando de forma transparente y pública las opiniones, propuestas, experiencias, conocimientos e informaciones existentes sobre las cuestiones puestas en consulta.

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