Presidencia de la Nación

Instructivo para la reinscripción de los productos de higiene oral de uso odontológico


Año 2016 - Versión 16-01

El procedimiento mediante el cual la autoridad sanitaria reinscribe los productos de higiene oral y uso odontológico, de acuerdo con lo establecido por la Disposición ANMAT Nº 692/12 será el siguiente:

Deberá iniciar un expediente ante la Mesa de Entradas de ANMAT Central, Av. de Mayo 869 en el horario de 10.00 a 13.00 y de 14.00 a 16.00 horas adjuntando la siguiente documentación:

  • Nota de solicitud de reinscripción del producto;
  • Copia autenticada de la Constancia de Inscripción del producto con sus respectivos anexos de modificaciones, en caso de corresponder, anexados por la Dirección de Información Técnica.

Toda la documentación aportada deberá estar firmada por el director técnico y apoderado legal de la firma.

La solicitud de reinscripción deberá realizarse 30 días antes de la fecha de vencimiento del certificado de inscripción.
El trámite es no arancelado.

Iniciado el expediente, será remitido a la Dirección de Vigilancia de Productos para la Salud – Productos de Higiene Oral de Uso Odontológico. Luego tomará intervención la Dirección de Gestión de Información Técnica elevando los actuados a la Secretaría Técnica de la Administración Nacional; continuando por el Departamento de Despacho; Departamento de Mesa de Entradas, la Dirección de Gestión de Información Técnica y el Archivo.

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