Presidencia de la Nación

Definición y transporte


Definición de mercancías peligrosas para ser trasladadas por vía aérea

Es todo objeto o sustancia que pueda constituir un riesgo para la salud, la seguridad, la propiedad o el medio ambiente y que figure en la lista de Mercancías Peligrosas de las Instrucciones Técnicas de OACI (Doc. 9284 AN/905).

Condiciones generales de transporte:

Las Mercancías Peligrosas que sean trasladadas por vía Aérea, deberán estar: debidamente clasificadas, documentadas, certificadas, descriptas, embaladas, marcadas, etiquetadas, tal como prescriben las Instrucciones Técnicas para el Transporte sin Riesgos de Mercancías Peligrosas por Vía Aérea. (Responsabilidades en su ejecución efectiva y control, del Expedidor y del Explotador).

Cuando exista una urgencia de envío de Mercancías que figuren en las Instrucciones Técnicas y estén prohibidas para aeronaves de pasajeros y aeronaves de cargas, la Autoridad Aeronáutica podrá extender una “Dispensa”, bajo condiciones especiales que dicha autoridad disponga.


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