Presidencia de la Nación

Contrato de utilización


Requisitos

Contrato de utilización o Locación de Aeronaves

Documentación a presentar:
A) Formulario de inscripción debidamente cumplimentado (Form. 101-C), en el cual se constituya domicilio dentro del radio urbano del asiento del Registro Nacional de Aeronaves (Cdad. de Bs. As.) (Art. 19, Decreto 1759/72, modificado por Decreto 1883/91).

Dicho formulario deberá ser completado desde la de anac o mediante el uso de máquina de escribir.

B) Acompañar Nota con un detalle de la documentación presentada.

C) Pago del Arancel conforme a la Tabla de Aranceles vigente a la fecha de pago.

D) En caso de tratarse de instrumento privado, el documento deberá presentarse con la firma de las partes certificadas por Escribano o autoridad judicial, y legalizadas si correspondiere (Art. 49 del Código Aeronáutico y Art. 5 del Decreto 4907/73), con acreditación de personería de los firmantes y facultades suficientes en caso de tratarse de personas jurídicas (original para el Registro y copia/s para el/los interesado/s).

De celebrarse el contrato por escritura pública, deberá presentarse un testimonio expedido para su inscripción en el Registro y otro/s para la/s parte/s interesada/s, que se entregará/n con plancha de inscripción.(*)

E) Debe dejarse expresa constancia de la transferencia de la calidad de explotador (Art. 66 del Código Aeronáutico).

F) Debe determinarse el monto y plazo del contrato.

G) Constancia debidamente autenticada (con firma simple) de la inscripción de la CUIT, CUIL o CDI de las partes, de conformidad a lo establecido en el Dto. 1108/98 de la AFIP, en caso de no haberse presentado anteriormente o que la presentada se encontrare vencida. (La mismas se pueden imprimir desde la página web de la AFIP o ANSES).

H) Dar cumplimiento a la ley 25.345 y sus modificaciones (Ley de Prevención de Evasión Fiscal).

I) Formulario para la prevención de lavado de activos y de la financiación del terrorismo (Art. 20, inc. 6 de la Ley 25.246 y sus modificatorias – Resolución U.I.F. N° 23/2.012) y la Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente (Anexo I - Resolución U.I.F. N° 11/2.011). Estos formularios deberán ser completados debidamente en todos sus campos, sin enmiendas ni raspaduras.

La/s firma/s al final de ambos Formularios deberán estar certificadas y legalizadas -de corresponder- por autoridad judicial o notario público, con acreditación de la personería, representación y facultades suficientes de los firmantes en caso de tratarse de personas jurídicas.

Normas de referencia:
Libro II, Sección III, Título VI del Código Civil. Arts. 45, 49, 65 a 70 inclusive del Código Aeronáutico y Arts. 1, 3, 5, 25, 32, 33 y 35 del Decreto 4907/73. Ley N° 19.549 y su reglamentación.

Notas:
El cumplimiento correcto y completo de los requisitos marcados con un asterisco (*) es necesario para lograr, al menos, la inscripción provisoria.

Formularios:
101-C; Formulario para la prevención de lavado de activos y de la financiación del terrorismo; Declaración Jurada sobre la condición de Persona Expuesta Políticamente.

Archivos para descargar

101C
Dec. jurada Ley 25.246

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