Acceso a derechos para personas travestis, transexuales y transgénero
El Programa está pensado para fortalecer el acceso a derechos de personas travestis, transexuales y transgénero en condiciones que aseguren el respeto de su identidad y expresión de género.
Mujeres, Géneros y Diversidad
En esta página
- Objetivos
- Destinatarios
- Componentes
- Ingreso al Programa
- Admisibilidad
- Apoyo económico para necesidades básicas
- Apoyo económico para travestis, transexuales y transgénero mayores de 50 años
- Texto completo de la norma
Objetivos
El Programa está pensado para fortalecer el acceso a derechos de personas travestis, transexuales y transgénero en condiciones que aseguren el respeto de su identidad y expresión de género, mediante una atención, acompañamiento y asistencia integral.
Destinatarios
Son destinatarias del Programa las personas travestis, transexuales y transgénero mayores de 18 años que vivan en Argentina y estén en situación de vulneración de sus derechos por su identidad y expresión de género.
Componentes
El Programa se compone de:
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Atención, acompañamiento y asistencia integral.
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Acceso a la educación, para promover la inclusión educativa, erradicar y reducir los actos de hostigamiento y trabajar de forma conjunta con áreas del sistema educativo.
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Acceso a la salud, para garantizar que las personas travestis y trans puedan acceder al sistema de salud de manera integral.
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Acceso al empleo, para garantizar la inserción y estabilidad laboral de las personas travestis, transexuales y transgéneros. Se incluyen acciones de formación, capacitación y de acceso al empleo.
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Apoyo económico para necesidades básicas. Conocé las características de este apoyo.
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Apoyo económico para travestis, transexuales y transgénero mayores de 50 años. Pueden ser personas nacionales o residentes en Argentina con DNI, que estén en situación de vulneración de sus derechos por su identidad y expresión de género.
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Ingreso al Programa
Las personas travestis, transexuales y transgénero pueden solicitar el ingreso al Programa de Fortalecimiento del Acceso a Derechos a través del siguiente formulario.
Admisibilidad
Para entrar al Programa es necesario:
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tener más de 18 años;
-
vivir en Argentina;
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ser una persona travesti, transexual o transgénero;
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que exista una vulneración de derechos por la identidad y expresión de género.
Luego de la solicitud, el equipo del Programa realiza una entrevista con la persona.
Apoyo económico para necesidades básicas
Se establece un apoyo económico para las personas travestis, transgéneros y transexuales de 18 años que sean ciudadanos argentinos o residentes en Argentina con Documento Nacional de Identidad, residencia permanente o temporaria en el país y situación de vulnerabilidad extrema.
Para dar el apoyo económico se consideran los indicadores de vulnerabilidad y se hace una evaluación integral de la situación de la persona.
El apoyo económico tiene un valor de 2 salarios mínimos, vitales y móviles. Es de pago único, no reintegrable y no remunerativo.
El apoyo económico es para cubrir las necesidades básicas de forma inmediata. Quedan incluidos los gastos de alimentación, vestimenta, salud, educación, vivienda, acceso al empleo, acceso a la documentación o trámites y acceso a telefonía e internet, entre otros.
Las personas travestis, transgéneros y transexuales pueden cobrar el apoyo económico a través de una cuenta bancaria o a través del Correo Argentino S.A.
Pueden recibir el apoyo económico las personas que tengan monotributo social o que sean trabajadores de casas particulares.
No pueden recibir el apoyo económico las personas que tengan ingresos por un trabajo en relación de dependencia, en el ámbito público o en el ámbito privado, las personas que sean monotributistas o las personas que sean trabajadores autónomos.
Apoyo económico para travestis, transexuales y transgénero mayores de 50 años
Se establece un apoyo económico para las personas travestis, transgéneros y transexuales de 50 años o más que sean ciudadanos argentinos o residentes en Argentina con Documento Nacional de Identidad y estén en una situación de vulneración de sus derechos por motivos de identidad de género o su expresión.
El apoyo económico tiene un valor de 6 salarios mínimos, vitales y móviles. Es de pago único, no reintegrable y no remunerativo.
El apoyo económico cubre los gastos de alimentación, vestimenta, salud, educación, vivienda, acceso al empleo, acceso a la documentación o trámites y acceso a telefonía e internet, entre otros.
Pueden recibir el apoyo económico las personas que tengan monotributo social o que sean trabajadores de casas particulares.
No pueden recibir el apoyo económico las personas que tengan ingresos por un trabajo en relación de dependencia, en el ámbito público o en el ámbito privado, las personas que sean monotributistas o las personas que sean trabajadores autónomos.
Texto completo de la norma
Resolución 83/2020 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad
Normas complementarias
Resolución 228/2021 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.
Resolución 353/2022 Ministerio de las Mujeres, Géneros y Diversidad.