Presidencia de la Nación

Ministerio de Educación de la Nación


El artículo 115 de La Ley 26.206 establece que el Poder Ejecutivo Nacional, a través del Ministerio de Educación, será autoridad de aplicación de dicha ley.

Los incisos g, h, i del mencionado artículo explicitan que el Ministerio de Educación tendrá como función dictar normas generales sobre equivalencias de planes de estudios y diseños curriculares de las jurisdicciones, de acuerdo a lo establecido en el artículo 85 de la Ley de Educación Nacional y otorgar validez nacional a los títulos y certificaciones de estudios, sobre revalidación, equivalencia y reconocimiento de títulos expedidos y de estudios realizados en el extranjero; y coordinar y gestionar la cooperación técnica y financiera internacional y promover la integración, particularmente con los países del Mercosur.

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