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Nuevo Pasaporte Argentino
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En qué consiste
Obtener el Pasaporte Argentino emitido por el Ministerio del Interior, a través del Registro Nacional de las Personas, de carácter obligatorio para viajar al exterior, exceptuando los países limítrofes, a los cuales se puede viajar con DNI tarjeta o Matrícula Individual (Documento Nacional de Identidad o Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento).
Cómo se hace
En el Centro de Documentación Rápida (CDR) Paseo Colón o 25 de Mayo:
1.- Solicitar un Turno Web.
2.- Presentar la documentación correspondiente.
3.- El Nuevo Pasaporte se entrega en el domicilio del titular, dentro de los 15 días de haberse tramitado.
NOTA:
También puede realizar el Nuevo Pasaporte en las distintas Oficinas Digitales del país.
Qué documentación se debe presentar. Requisitos
Requisitos generales:
1.- Documento Nacional de Identidad (DNI) o Libreta Cívica (LC) o Libreta de Enrolamiento (LE).
Recuerde: en el caso que aún no cuente con el Nuevo DNI digital, en el mismo momento en que tramite su Nuevo pasaporte, se le tomará el trámite para obtener el Nuevo DNI.
SOLICITUD DE NUEVO PASAPORTE POR PRIMERA VEZ:
Argentinos mayores de edad:
- Exhibir el Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento en vigencia.
Argentinos menores de edad y/o quienes no hayan efectuado la actualización obligatoria de DNI al llegar a los 16 años:
- Exhibir el Documento Nacional de Identidad.
- Concurrir acompañado de un mayor que ejerza la patria potestad, quien deberá exhibir su Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o Libreta de Enrolamiento en vigencia.
- Partida de nacimiento o acta de reconocimiento, o adopción si correspondiera.
- En caso de no ser acompañado por un mayor que ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, se deberá presentar copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento.
DUPLICADOS/NUEVOS EJEMPLARES DE PASAPORTES:
- Exhibir el Documento Nacional de Identidad o Libreta Cívica o de Enrolamiento, según corresponda.
- En caso de poseerlo, llevar pasaporte actual, el que será inutilizado y devuelto a su titular en todos los casos, preservando el/los visados que tuviera.
- Si el motivo de la solicitud del nuevo ejemplar del pasaporte es una variación de nombre/s, apellido/s; y/o cualquier otro dato filiatorio, se deberá presentar el acta o partida mediante la cual se produjo la modificación.
CASOS ESPECIALES:
Personas incapaces:
- Documento Nacional de Identidad o Libreta Cívica o de Enrolamiento, según corresponda.
- Testimonio judicial de la designación de la persona que ejerza la tutela o curatela, salvo en el supuesto que la misma hubiere sido asumida por ministerio de la Ley.
- La obtención del pasaporte por aquellos ciudadanos sujetos a patria potestad, tutela o curatela estará condicionada al consentimiento expreso, de la persona u órgano que tenga asignado su ejercicio o, en defecto de ésta, del órgano judicial competente.
- En caso de no estar presente quien ejerza la patria potestad, tutela o curatela, quien deberá dejar constancia expresa de su ejercicio, el denunciante deberá presentar copia autenticada de autorización Judicial o poder otorgado por escribano público, de la cual surja el permiso o consentimiento.
RECTIFICACIONES DE PASAPORTES:
Cuando se trate de modificaciones en los datos filiatorios:
- Exhibir el Documento Nacional de Identidad, Libreta Cívica o de Enrolamiento
- Cuando se soliciten rectificaciones del nombre/s, apellido/s, lugar o fecha de nacimiento u otros datos de filiación, será indispensable la presentación, según sea el caso, del acta o testimonio de la sentencia de Reconocimiento o Adopción, por ejemplo, o la partida de Nacimiento rectificada en la que consten los datos modificados.
Cuando se trate de una rectificación por errores u omisiones:
- Cuando se soliciten rectificaciones del nombre/s, apellido/s, lugar o fecha de nacimiento u otros datos de filiación, será indispensable la presentación de la Libreta Cívica o de Enrolamiento o Documento Nacional de Identidad, según corresponda.
Rectificación de Oficio o a Solicitud de Interesado:
- Cuando se comprobaran diferencias con respecto a los datos que se acompañaron al momento de la toma del trámite, o errores visibles en la confección o impresión, se inutilizará el documento defectuoso y se confeccionará uno nuevo SIN CARGO, siempre que la circunstancia se denuncie dentro de los NOVENTA (90) días corridos de haber sido entregado dicho documento y siempre que éste no hubiere sido utilizado para viajar. En caso contrario se efectuarán las rectificaciones con cargo al solicitante.
Cuánto vale
$250.-
Nota: si se realiza en el trámite en shoppings y centros comerciales tiene un arancel adicional de $100.-
Quién puede/debe efectuarlo
Personalmente, no se admite la intervención de terceros o gestores.
Qué vigencia tiene el documento tramitado
10 años.
Cuántas veces debería asistir al organismo para hacerlo
Debería asistir UNA (1) vez:
1.- Solicitar el pasaporte. El mismo se entrega en el domicilio del titular.
De que organismo depende
RENAPER - Registro Nacional de las Personas
Observaciones
Si desea realizar una consulta sobre este trámite CONTÁCTESE CON LA GUÍA DE TRÁMITES.
Si desea opinar sobre el servicio prestado por la Guía de Trámites complete la ENCUESTA.
Donde se puede realizar
- Centro de Documentación Rápida (CDR) Paseo Colón sito en Paseo Colón 1093. Pueden concurrir ciudadanos con domicilio en cualquier lugar del país.
- Centro de Documentación Rápida (CDR) 25 de Mayo sito en 25 de Mayo 155. Pueden concurrir ciudadanos con domicilio en cualquier lugar del país.
- Oficinas Digitales habilitadas para la toma de trámites del Nuevo Pasaporte.
Para Informes o Reclamos se puede comunicar al 0800-9999-364 de Lunes a Viernes de 8:00 a 20:00 hs.
Fecha de última actualización:Lunes 26/09/2011 11:30:00
Información suministrada por:RENAPER - Registro Nacional de las Personas
