Presidencia de la Nación

Habilitación ocasional de pasos internacionales

Permite el cruce internacional entre la República Argentina y alguno de sus cinco países vecinos para la realización de un hecho en particular, por lo que su habilitación está referida solamente a ese evento.


La habilitación ocasional de pasos internacionales está reglamentada por la Resolución de la Secretaría de Seguridad y Política Criminal N° 4050/2023 . Podés tramitarla por las siguientes tres vías:

1) Trámites a Distancia (TAD)

2) Correo postal

3) Personalmente en la mesa de entradas del Ministerio de Seguridad

En los últimos dos casos, deberás descargar el formulario que figura a continuación, completarlo, firmarlo y enviarlo por correo postal o presentarlo personalmente en:

Ministerio de Seguridad

México 12 (CP C1097AAB) Ciudad Autónoma de Buenos Aires

Recordá que es necesario iniciar el trámite con 30 días hábiles de anticipación a la fecha solicitada para la habilitación ocasional, salvo que se requiera por razones humanitarias debidamente justificadas.

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