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Miércoles 15/02/2012
Deportes

El fútbol contra el lavado

La Unidad de Información Financiera (UIF) incluyó a la Asociación del Fútbol Argentino (AFA) y a los clubes cuyos equipos participen de los torneos de fútbol de Primera División y Primera B Nacional, como sujetos obligados a prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo.
El fútbol contra el lavado
La normativa incluye a la AFA y a los clubes de Primera y Primera B.
La Resolución 32/2012 de la UIF, publicada en el Boletín Oficial, estableció que tanto la AFA y como los clubes de fútbol cuyos equipos juegan en primera división y en la B nacional, han quedado constituidos como sujetos obligados a prevenir, detectar y reportar tales hechos.

La normativa expresa que se debe reportar a la UIF cuando se abonen grandes sumas de dinero en cumplimiento de cláusulas de penalización, sin que exista una justificación lógica del incumplimiento contractual. La misma recomendación rige para los casos en que se paguen grandes montos en virtud de rescisiones anticipadas de contratos. El texto explicita que tales  obligaciones rigen tanto respecto de jugadores como de cuerpos técnicos.

Otras situaciones sobre las que se deberá poner en conocimiento al organismo son la recepción de dinero de fuentes dudosas o en cantidades que —por su magnitud— resultan incompatibles con la  capacidad de pago de aquellos clubes con gran endeudamiento o que se enfrentan al descenso. Lo mismo vale para transferencias de derechos económicos en las que intervengan fundaciones, asociaciones o cualquier otra entidad sin fines de lucro, que no se ajusten a su objeto social.

También se debe informar sobre las operaciones de adquisición de derechos económicos sucesivas sobre un mismo jugador en un plazo de un  año, cuando la diferencia entre el precio de la primera operación y de la última, sea igual o superior al 50% del importe original.

La normativa involucra, asimismo, a empleados de la AFA o de los clubes que muestren un cambio repentino en su estilo de vida o usen su propia dirección para recibir la documentación de los clientes.
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  • La normativa incluye a la AFA y a los clubes de Primera y Primera B. La normativa incluye a la AFA y a los clubes de Primera y Primera B.
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