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Jueves 09/02/2012
Agricultura y alimentos
Una prórroga para los vinos champañas
Por Decreto 185/2012, se prorrogó por un año la exclusión de los vinos champañas del ámbito de aplicación del gravamen contemplado en la Ley de Impuestos Internos. Se fundamenta en que esa herramienta también es eficaz en la orientación y desarrollo de la economía y recuerda, en tal sentido, el acta de compromiso para el programa de expansión del sector vitivinícola, suscripta en 2005.
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La Ley de Impuestos Internos faculta al Poder Ejecutivo Nacional a disminuir o dejar sin efecto, transitoriamente, los gravámenes previstos en dicha norma, cuando así lo aconseje la situación económica de determinada o determinadas industrias.
Consecuentemente, en la fundamentación el decreto argumenta que si bien en la concepción de los impuestos selectivos al consumo se debe propender a alcanzar a aquellos productos cuya gravabilidad tiende a atenuar la regresividad propia de las tasas generales de la misma especie, su aplicación suele utilizarse también como herramienta eficaz en la orientación y desarrollo de la economía.
Cabe recordar, en igual sentido, el Acta de Compromiso para llevar a cabo el Programa de Expansión del Sector Vitivinícola, suscripta el 17 de enero de 2005 entre el ex Ministerio de Economía y Producción y Bodegas de Argentina A.C. y sus empresas afiliadas, constituidas como garantes.
La medida entra en vigencia a partir del 9 de febrero y surtirá efecto para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del vencimiento fijado en la flamante norma.
Consecuentemente, en la fundamentación el decreto argumenta que si bien en la concepción de los impuestos selectivos al consumo se debe propender a alcanzar a aquellos productos cuya gravabilidad tiende a atenuar la regresividad propia de las tasas generales de la misma especie, su aplicación suele utilizarse también como herramienta eficaz en la orientación y desarrollo de la economía.
Cabe recordar, en igual sentido, el Acta de Compromiso para llevar a cabo el Programa de Expansión del Sector Vitivinícola, suscripta el 17 de enero de 2005 entre el ex Ministerio de Economía y Producción y Bodegas de Argentina A.C. y sus empresas afiliadas, constituidas como garantes.
La medida entra en vigencia a partir del 9 de febrero y surtirá efecto para los hechos imponibles que se perfeccionen a partir del vencimiento fijado en la flamante norma.
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