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Martes 31/01/2012
Economía y finanzas
Lucha contra el lavado de dinero
La Inspección General de Justicia fijó la obligatoriedad de presentar una Declaración Jurada a asociaciones civiles o fundaciones que, al momento de la constitución o con posterioridad, reciban aportes por más de cien mil pesos. También a las sociedades que realizan captación de ahorro público con promesa de contraprestaciones futuras.
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La Resolución General 02/2012, publicada en el Boletín Oficial, estableció la vigencia de la presentación a partir del 1° de marzo de 2012. El procedimiento permite conocer la licitud y origen de los fondos de aquellas asociaciones civiles y/o fundaciones que al momento de la constitución o con posterioridad recibieran donaciones o aportes de terceros por montos superiores a los $100.000.
La normativa es aplicable también a las que reciban el equivalente en especie en un solo acto o en varios individualmente inferiores a $ 100.000 pero que en su conjunto superen dicha cifra, realizados por una o varias personas vinculadas, en un período no superior a los 30 días.
En aquellos casos en que las donaciones o aportes de terceros superen la suma de $ 200.000 en un período no superior al mes deberán presentar documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos.
Dicha declaración jurada, junto con la documentación respaldatoria en caso de corresponder, deberá ser presentada al momento de solicitarse la autorización para funcionar y con cada presentación de estados contables.
Por otra parte, a través de la Resolución General 01/2012, el organismo estableció que las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras deberán presentar anualmente, también a partir del 1° de marzo de 2012, una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Finalmente, por Resolución General 03/2012, la Inspección General de Justicia fijó hasta el 1° de junio de 2012 el plazo para impulsar los trámites precalificados ante el organismo que se encontraren inactivos por más de un año, por falta de impulso de los presentantes.
La normativa es aplicable también a las que reciban el equivalente en especie en un solo acto o en varios individualmente inferiores a $ 100.000 pero que en su conjunto superen dicha cifra, realizados por una o varias personas vinculadas, en un período no superior a los 30 días.
En aquellos casos en que las donaciones o aportes de terceros superen la suma de $ 200.000 en un período no superior al mes deberán presentar documentación respaldatoria y/o información que sustente el origen declarado de los fondos.
Dicha declaración jurada, junto con la documentación respaldatoria en caso de corresponder, deberá ser presentada al momento de solicitarse la autorización para funcionar y con cada presentación de estados contables.
Por otra parte, a través de la Resolución General 01/2012, el organismo estableció que las sociedades que realizan captación de ahorro del público con promesa de contraprestaciones futuras deberán presentar anualmente, también a partir del 1° de marzo de 2012, una declaración jurada de información sobre el estado de cumplimiento de la normativa asociada a la prevención de la comisión de delitos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
Finalmente, por Resolución General 03/2012, la Inspección General de Justicia fijó hasta el 1° de junio de 2012 el plazo para impulsar los trámites precalificados ante el organismo que se encontraren inactivos por más de un año, por falta de impulso de los presentantes.
Enlaces relacionados
Portal Oficial del Gobierno de la República Argentina - www.argentina.gob.ar / Jefatura de Gabinete de Ministros 2011
