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Viernes 27/01/2012
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Medidas antilavado para corredores inmobiliarios

Los agentes o corredores inmobiliarios matriculados y las sociedades de cualquier tipo que tengan por fin el corretaje inmobiliario deberán observar para prevenir, detectar y reportar los hechos, actos, operaciones u omisiones que pudieran constituir delitos de lavado de activos y financiación del terrorismo, según lo dispuesto por la UIF.
Medidas antilavado para corredores inmobiliarios
Los corredores inmobiliarios deberán observas las normas de la UIF sobre lavado de dinero.
Por Resolución 16/2012 publicada en el Boletín Oficial, la Unidad de Información Financiera dispuso que  los agentes o corredores inmobiliarios, antes de iniciar una relación comercial o contractual con un cliente, deban identificarlo.

Para implementar esta medida, el organismo tuvo especialmente en cuenta – además de resoluciones anteriores - las 40 Recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional (FATF/GAFI) —aprobadas en el año 2003—, las 9 Recomendaciones Especiales del GAFI sobre Financiamiento del Terrorismo, como así también otros antecedentes internacionales en materia de Lavado de Activos y de Financiación del Terrorismo.

De igual modo, se tuvieron en cuenta las presentaciones recibidas y las conversaciones mantenidas con representantes de la Federación Inmobiliaria de la República Argentina (FIRA), de la Cámara Inmobiliaria Argentina (CIA) y del Colegio Único de Corredores Inmobiliarios de la Ciudad de Buenos Aires, acciones que fueron consideradas a la hora del dictado de la resolución de referencia.
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