Presidencia de la Nación

Me robaron el celular

Sabé qué tenés que hacer si te roban o perdés el celular, cómo hacer la denuncia y qué tiene que hacer la empresa de telefonía móvil en esos casos.

¿Qué hago si me roban o pierdo el celular?

Llamá al *910 y bloqueá tu celular. Podés hacerlo desde cualquier teléfono. Esto evita que usen tu línea y el equipo. Más información aquí.
Además, tenés que hacer la denuncia ante tu empresa de telefonía móvil.

Resolución 2459/2016 Ente Nacional de Comunicaciones, Art. 4.

¿Cómo se hace la denuncia si me roban o pierdo el celular?

Cada empresa de telefonía móvil tiene que poner a tu disposición distintos canales de contacto para que hagas la denuncia. Pueden ser:

  • atención personalizada;

  • atención telefónica con un número único y gratuito;

  • sitio web;

  • cualquier otro medio.

Consulta con tu compañía los medios que te brinda para que puedas hacer la denuncia.

Resolución 2459/2016 Ente Nacional de Comunicaciones, Art. 6.

¿Qué hace la empresa de telefonía móvil cuando recibe una denuncia por robo o pérdida de celular?

La empresa de telefonía móvil que recibe una denuncia por robo, hurto o pérdida de celular tiene que bloquear la línea telefónica y el IMEI, que es el código de identificación que tiene cada celular.

Resolución 2459/2016 Ente Nacional de Comunicaciones, Art. 5.

¿Qué es el bloqueo de la línea telefónica?

El bloqueo de línea telefónica es la imposibilidad de hacer y recibir llamadas, enviar y recibir SMS o el uso de datos móviles de la línea de telefonía móvil.

Resolución 2459/2016 Ente Nacional de Comunicaciones, Art. 5.

¿Se puede rehabilitar mi celular robado?

Sí. Un celular con denuncia de robo, hurto o pérdida se puede rehabilitar. Para eso tenés que haber hecho la denuncia cuando te lo robaron o lo perdiste.
Además, la empresa de telefonía móvil tiene que hacer un proceso de identificación y validación de la identidad del usuario: pueden pedirte el número de denuncia o que te presentes personalmente en la empresa para seguir el trámite.

Resolución 2459/2016 Ente Nacional de Comunicaciones, Arts. 17 y 18.


El contenido de Derecho Fácil tiene un carácter divulgativo, orientativo e informativo y no reemplaza la versión original de la ley. Puede tener como fuente una o varias normas y datos de sitios oficiales para complementar la información

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