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El Correo en la Argentina
En nuestro país, el correo fue organizándose casi a la par del resto de las instituciones.
En 1972 se creó la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos (ENCOTEL) que tuvo a su cargo todos los servicios postales públicos nacionales e internacionales, la prestación de servicios monetarios y actividades complementarias, subsidiarias y accesorias de la actividad postal.
En 1992 ENCOTEL dejó su lugar a la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos S.A. (ENCOTESA), que estuvo activa hasta 1997, año en que se privatizó a través de un proceso de concesión de los servicios por un período estipulado en 30 años.
La empresa Correo Argentino S.A. se hizo cargo de la administración del Correo Oficial, pero en 2003 se rescindió el contrato de concesión y se constituyó una unidad administrativa, a cargo de la conducción del Servicio Oficial de Correos, para reorganizar la empresa durante 180 días. Cumplido el plazo, se conformó la sociedad Correo Oficial de la República Argentina S.A. (CORASA), cuyas acciones son hoy propiedad del Estado Nacional.
Ver sitio oficial
Si desea conocer más acerca de la historia de los servicios postales en el país, puede acceder a la síntesis elaborada por el Correo Argentino.
Ver sitio oficial
Derechos de los Usuarios
La Ley de Correos (N° 20.216) establece los derechos de los usuarios de servicios postales. Entre los derechos generales de los usuarios frente al operador oficial de correos se destacan:
• La inviolabilidad, el secreto postal y el retiro del servicio o modificación de la dirección del envío que no haya sido entregado.
• La exigencia del comprobante de envío para reclamar irregularidades en la prestación del servicio ante el operador y/o ante la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), siempre y cuando no se trate de correspondencia simple.
• La indemnización en caso de pérdida, extravío, destrucción, expoliación, despojo o avería intencional de los envíos postales sometidos a control especial en su aceptación y entrega.
• La gratuidad en la imposición de impresiones en relieve y grabaciones para uso de ciegos o en envíos postales cuya exención de pago se hubiere establecido en leyes especiales.
• La recepción del Servicio Postal Básico Universal, que comprende la recolección y distribución de correspondencia simple de hasta 20 gramos, telegramas simples de hasta 20 palabras y giros postales de hasta $ 1.000; así como el servicio de comunicaciones fehacientes que incluyen los telegramas y cartas documento.
Por otra parte, el Correo está obligado a:
• Mantener la emisión de sellos postales y prestaciones filatélicas.
• Garantizar la calidad de la atención: las oficinas deben exhibir sus horarios y frecuencia de recolección y distribución dentro de su área de cobertura; estándares del servicio que están obligadas a cumplir; y horario de atención al público, cuyo extensión habitual debe cubrir, como mínimo, el de los comercios de la zona.
• Respetar las tarifas máximas establecidas para el Servicio Postal Universal.
Para conocer el texto de la Ley que regula el servicio postal, dirija su consulta al Servicio de Información Legislativa (InfoLeg).
Ver sitio oficial
Para Denunciar Problemas con los Servicios Postales
Le sugerimos realizar el primer reclamo ante el operador postal y aguardar la respuesta durante diez días hábiles. En caso de no obtenerla, o de que ésta no lo satisfaga, puede recurrir a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC).
Deberá presentar: fotocopias del recibo de imposición de la pieza postal, del reclamo presentado ante el operador y de la documentación que considere aclaratoria.
Las denuncias se reciben en la sede de la CNC o en las delegaciones del interior del país.
Ver sitio oficial
Puede obtener el formulario de reclamos en línea, en la CNC.
Ver sitio oficial
Enviar el formulario completo por correo electrónico a recpostales@cnc.gov.ar o por correo postal a: Apartado postal gratuito 114 (C1000WAB– Correo Central).
Derechos de Usuarios de Correos Privados
Los usuarios de correos privados tienen derecho a:
• Recibir información por escrito sobre la calidad del servicio que el operador se compromete a brindar y que la prestación se ajuste, como mínimo, a lo descrito en su solicitud de inscripción.
• Verificar que el prestador postal se encuentre debidamente autorizado por la CNC.
Estos derechos están explicitados en el Decreto 1187/93 que usted puede consultar ante la CNC.
Ver sitio oficial
En nuestro país, el correo fue organizándose casi a la par del resto de las instituciones.
En 1972 se creó la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos (ENCOTEL) que tuvo a su cargo todos los servicios postales públicos nacionales e internacionales, la prestación de servicios monetarios y actividades complementarias, subsidiarias y accesorias de la actividad postal.
En 1992 ENCOTEL dejó su lugar a la Empresa Nacional de Correos y Telégrafos S.A. (ENCOTESA), que estuvo activa hasta 1997, año en que se privatizó a través de un proceso de concesión de los servicios por un período estipulado en 30 años.
La empresa Correo Argentino S.A. se hizo cargo de la administración del Correo Oficial, pero en 2003 se rescindió el contrato de concesión y se constituyó una unidad administrativa, a cargo de la conducción del Servicio Oficial de Correos, para reorganizar la empresa durante 180 días. Cumplido el plazo, se conformó la sociedad Correo Oficial de la República Argentina S.A. (CORASA), cuyas acciones son hoy propiedad del Estado Nacional.
Ver sitio oficial
Si desea conocer más acerca de la historia de los servicios postales en el país, puede acceder a la síntesis elaborada por el Correo Argentino.
Ver sitio oficial
Derechos de los Usuarios
La Ley de Correos (N° 20.216) establece los derechos de los usuarios de servicios postales. Entre los derechos generales de los usuarios frente al operador oficial de correos se destacan:
• La inviolabilidad, el secreto postal y el retiro del servicio o modificación de la dirección del envío que no haya sido entregado.
• La exigencia del comprobante de envío para reclamar irregularidades en la prestación del servicio ante el operador y/o ante la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC), siempre y cuando no se trate de correspondencia simple.
• La indemnización en caso de pérdida, extravío, destrucción, expoliación, despojo o avería intencional de los envíos postales sometidos a control especial en su aceptación y entrega.
• La gratuidad en la imposición de impresiones en relieve y grabaciones para uso de ciegos o en envíos postales cuya exención de pago se hubiere establecido en leyes especiales.
• La recepción del Servicio Postal Básico Universal, que comprende la recolección y distribución de correspondencia simple de hasta 20 gramos, telegramas simples de hasta 20 palabras y giros postales de hasta $ 1.000; así como el servicio de comunicaciones fehacientes que incluyen los telegramas y cartas documento.
Por otra parte, el Correo está obligado a:
• Mantener la emisión de sellos postales y prestaciones filatélicas.
• Garantizar la calidad de la atención: las oficinas deben exhibir sus horarios y frecuencia de recolección y distribución dentro de su área de cobertura; estándares del servicio que están obligadas a cumplir; y horario de atención al público, cuyo extensión habitual debe cubrir, como mínimo, el de los comercios de la zona.
• Respetar las tarifas máximas establecidas para el Servicio Postal Universal.
Para conocer el texto de la Ley que regula el servicio postal, dirija su consulta al Servicio de Información Legislativa (InfoLeg).
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Para Denunciar Problemas con los Servicios Postales
Le sugerimos realizar el primer reclamo ante el operador postal y aguardar la respuesta durante diez días hábiles. En caso de no obtenerla, o de que ésta no lo satisfaga, puede recurrir a la Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC).
Deberá presentar: fotocopias del recibo de imposición de la pieza postal, del reclamo presentado ante el operador y de la documentación que considere aclaratoria.
Las denuncias se reciben en la sede de la CNC o en las delegaciones del interior del país.
Ver sitio oficial
Puede obtener el formulario de reclamos en línea, en la CNC.
Ver sitio oficial
Enviar el formulario completo por correo electrónico a recpostales@cnc.gov.ar o por correo postal a: Apartado postal gratuito 114 (C1000WAB– Correo Central).
Derechos de Usuarios de Correos Privados
Los usuarios de correos privados tienen derecho a:
• Recibir información por escrito sobre la calidad del servicio que el operador se compromete a brindar y que la prestación se ajuste, como mínimo, a lo descrito en su solicitud de inscripción.
• Verificar que el prestador postal se encuentre debidamente autorizado por la CNC.
Estos derechos están explicitados en el Decreto 1187/93 que usted puede consultar ante la CNC.
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Para Agendar
Subsecretaría de Defensa del Consumidor: 0800–666–1518.
Defensor del Pueblo de la Nación: 0810–333–3762.
Defensor del Pueblo de la Nación: 0810–333–3762.
Regulación y control
La Comisión Nacional de Comunicaciones (CNC) fue creada en 1996 (Decreto 660). Sus objetivos son ejercer el poder de policía del espectro radioeléctrico, de las telecomunicaciones y de los servicios postales, aplicando y controlando el cumplimiento de la normativa vigente en la materia y las sanciones previstas en los marcos regulatorios, como así también prevenir conductas anti–competitivas.
Consulte su Código Postal Argentino
Para saber qué CPA le corresponde puede comunicarse al (54–11) 4891–9191 o consultar en el Correo Argentino.
Reclamos en el Correo Argentino
Puede canalizar sus dudas, quejas, sugerencias y reclamos a través del sistema de atención al cliente de Correo Argentino.
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