Presidencia de la Nación

Modificaciones al punto 7 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora


Se realizaron modificaciones al punto 7 del Reglamento General de la Actividad Aseguradora con el fin de simplificar procedimientos y requisitos previos al proceso de autorización.

Se eliminaron anexos y formularios que formaban parte de la regulación.

Se flexibilizó la normativa sobre la denominación de las empresas, por lo que ahora se permite el uso de idiomas extranjeros y se elimina la obligación de incluir palabras específicas que indiquen el tipo de seguro que ofrecen.

También se suprimió el Registro Único de Firmas Autorizadas y se introdujeron cambios en la firma facsimilar para suscribir pólizas.

Respecto de las Pautas Mínimas para la Elaboración del Plan de Negocios y Financiero, se eliminaron algunos requisitos como los proyectos de sistemas informáticos y la designación de responsables de control interno.

Estos cambios, en línea con los ejes de esta gestión, buscan reducir la carga regulatoria y facilitar la operación de las aseguradoras, así como también promover una mayor eficiencia y flexibilidad en beneficio de los asegurados.

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